Ley 2/1980, de 4 de enero, sobre concesión de varios suplementos de crédito, por un importe total de 150.517.196 pesetas, al presupuesto en vigor de la Universidad de Santiago, para abono de gastos de funcionamiento de los Colegios Universitarios de La Coruña, Lugo y Orense, cuyos presupuestos han sido integrados en la citada Universidad.

MarginalBOE-A-1980-722
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado
Rango de LeyLey

DON JUAN CARLOS I, REY DE ESPAÑA.

A todos los que la presente vieren y entendieren,

Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley:

Artículo primero Se conceden varios suplementos de crédito, por un importe total de ciento cincuenta millones quinientas diecisiete mil ciento noventa y seis pesetas, a diversos conceptos de los capítulos I. "Remuneraciones de personal", y II, "Compra de bienes corrientes y de servicios", del Presupuesto en vigor del Organismo autónomo Universidad de Santiago.
Artículo segundo

La financiación de dichos créditos suplementarios se efectuará por medio de transferencia de fondos del Presupuesto del Estado, que produce una anulación de crédito en la Sección 31, "Gastos de diversos Ministerios", por el importe citado de pesetas ciento cincuenta millones quinientas diecisiete mil ciento noventa y seis, aumento en el Presupuesto de Gastos del Ministerio de Universidades e Investigación, en igual cuantía, y posterior incidencia en el Presupuesto de Ingresos del Organismo autónomo "Universidad de Santiago", en la cifra indicada de pesetas ciento cincuenta millones quinientas diecisiete mil ciento noventa y seis.

Por tanto,

Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Ley.

Palacio Real, de Madrid, a cuatro de enero de mil novecientos ochenta.

JUAN CARLOS R.

El Presidente del Gobierno,

ADOLFO SUAREZ GONZALEZ

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