Resolución de 10 de marzo de 2014, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2014.

MarginalBOE-A-2014-3417
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Hacienda y Administraciones Públicas
Rango de LeyResolución

Corresponde a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (en adelante Agencia Tributaria), en cuanto ente público encargado de la aplicación del sistema tributario estatal y del aduanero, un papel esencial en el cumplimento de la senda de consolidación fiscal que ha permitido una importante reducción del déficit público en los años anteriores y cuya principal novedad en 2014 es que dicho proceso se enmarca en un entorno de moderado crecimiento económico.

En efecto, es responsabilidad de la Agencia Tributaria allegar los recursos públicos necesarios para la financiación de los servicios públicos fomentando el cumplimiento voluntario no solo mediante el aumento del nivel de la calidad de los servicios que presta a los contribuyentes sino también a través de la mejora de la eficacia de la lucha contra el fraude que constituye para la Agencia Tributaria una línea prioritaria de actuación.

Una de las principales características de la actuación de la Agencia Tributaria es la planificación de sus actuaciones, como elemento que permite establecer de un modo preciso y ordenado las prioridades de los diferentes órganos y áreas de la Agencia Tributaria y efectuar un seguimiento y medición de los objetivos asignados y de los resultados obtenidos.

En este proceso planificador, el Plan Anual de Control Tributario y Aduanero es fundamental, en cuanto marca y establece las líneas prioritarias de actuación de la Agencia Tributaria para el año en curso. El Plan Anual, al que el artículo 116 de la Ley General Tributaria atribuye carácter reservado, se estructura en los correspondientes Planes Parciales de Control de Inspección Financiera y Tributaria, de Aduanas e Impuestos Especiales, de Gestión Tributaria y de Recaudación.

Como es sabido, en el año 2012 se aprobaron un conjunto de medidas normativas muy novedosas que han permitido un refuerzo de las actuaciones de control y de lucha contra el fraude, como son la Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones de prevención y lucha contra el fraude o la Ley Orgánica 7/2012, de 27 de diciembre, por la que se modifica el Código Penal en materia de transparencia y lucha contra el fraude fiscal y en la Seguridad Social.

También en 2013 se han producido importantes cambios normativos como los que se derivan de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización o los incluidos en la Ley 16/2013, de 29 de octubre, por la que se establecen determinadas medidas en materia de fiscalidad medioambiental y se adoptan otras medidas tributarias y financieras.

Medidas normativas a las que hay que añadir las adoptadas por el Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, además de las adoptadas en 2012 con una importante repercusión en el ejercicio 2014.

Todo ello conforma un entorno normativo muy dinámico que si desde el punto de vista de la lucha contra el fraude ha supuesto un importante refuerzo de la actuación de la Agencia Tributaria, desde el punto de vista de los servicios de asistencia y ayuda al contribuyente implica un reto especial de flexibilidad y capacidad de adaptación para dar cumplida respuesta a este entorno tan cambiante.

Como no puede ser de otro modo, la planificación de las actuaciones parte y se asienta en lo realizado en años anteriores incorporando nuevas actuaciones y reforzando las existentes con anterioridad. Todo ello se explicita en las líneas directrices del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2014, que contienen los principios generales que lo inspiran y una referencia a las actuaciones de prevención y control del fraude más relevantes articuladas en torno a tres grandes ejes: la comprobación e investigación del fraude tributario y aduanero, el control del fraude en la fase recaudatoria y la colaboración entre la Agencia Tributaria y las Administraciones tributarias de las Comunidades Autónomas.

En virtud de lo expuesto y en uso de las atribuciones que me están conferidas, he acordado:

Aprobar las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2014 que, a continuación, se enuncian y ordenar su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» así como su difusión por cualquier medio que resulte adecuado para su general conocimiento.

  1. Comprobación e investigación del fraude tributario y aduanero

    La Agencia Tributaria desarrolla un amplio conjunto de actuaciones de control dirigidas a la comprobación de la situación tributaria de las personas físicas y jurídicas al igual que lleva a cabo actuaciones de investigación con el objeto de descubrir rentas no declaradas.

    La actuación de la Agencia Tributaria en este ámbito se asienta en un sistema de tratamiento de la información que permite, por un lado, detectar obligados tributarios y operaciones con mayor riesgo fiscal y, por otro, una adecuada selección de los contribuyentes que serán objeto de control.

    Este sistema de identificación de bienes, derechos, rentas o actividades de los obligados tributarios se nutre de información procedente de las propias declaraciones impositivas o de carácter informativo, del desarrollo de actuaciones selectivas de captación de información y de la información obtenida en virtud de acuerdos de intercambio de información suscritos con otras Administraciones Públicas nacionales e internacionales.

    Junto con la explotación de la información obtenida en años anteriores, en 2014 se impulsará la ampliación de las fórmulas de colaboración para que la Agencia Tributaria pueda obtener información de otras Administraciones Públicas, especialmente en aquellos supuestos en los que existan registros administrativos relativos al ejercicio de actividades económicas.

    En 2014 se avanzará en la incorporación de la información contenida en la base de datos nacional de subvenciones al sistema de información, de garantizar la tributación correcta por parte de los perceptores de las mismas.

    Además, se continuarán realizando actuaciones selectivas de captación de información sobre contribuyentes que ejerzan actividades profesionales y empresariales para descubrir ingresos de la actividad no declarados. Asimismo, se analizará la existencia de signos externos de riqueza que no se correspondan con el nivel de renta y patrimonio declarados previamente.

    La captación de información sobre rentas, bienes o activos financieros radicados en paraísos fiscales o en territorios o países de baja tributación figurará entre las prioridades de la Agencia Tributaria en 2014, al objeto de identificar rentas obtenidas en España y, por tanto, sujetas a tributación en nuestro país. Se procederá a captar información sobre operaciones financieras nacionales o internacionales para identificar titulares de activos financieros que no declaren las rentas obtenidas o cuyas inversiones no se correspondan con su renta o patrimonio declarados.

    En colaboración con los organismos de la Unión Europea competentes en la materia, en particular la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude, se intensificará la captación de información para identificar el verdadero país de origen de las mercancías importadas y los valores reales de transacción para la correcta aplicación de los tributos que gravan el comercio exterior, así como sobre la circulación intracomunitaria de productos sujetos a impuestos especiales de fabricación con objeto de impedir su desvío a circuitos ilegales.

    Partiendo de la información sobre los bienes, derechos, rentas o actividades económicas de los obligados tributarios, la Agencia Tributaria potenciará la selección óptima de los obligados que serán objeto de control reforzando las actuaciones coordinadas de selección entre las distintas áreas con funciones de control en la Agencia Tributaria.

    Se promoverá una distribución eficiente de los distintos riesgos fiscales entre los diversos órganos y procedimientos de control, de manera que quede garantizado no solo que cada incumplimiento se comprueba con el procedimiento más adecuado sino también que los medios personales más especializados centren su actuación en los riesgos fiscales más complejos.

    En el ámbito del control extensivo, se avanzará en la mejora de los criterios de selección de contribuyentes incidiendo en los de mayor riesgo fiscal, potenciando la uniformidad de actuaciones mediante la Unidad de Selección Centralizada del Departamento de Gestión Tributaria que estará en pleno desarrollo en 2014.

    La lucha contra el fraude fiscal y aduanero exige mantener las actuaciones de prevención y control desarrolladas en los últimos años e incorporar nuevas líneas prioritarias de actuación que se adapten a las variaciones de la situación socioeconómica, que contemplen el auge de nuevos sectores de actividad o modalidades de negocio, el desarrollo de nuevas tecnologías así como los cambios normativos o las propias modificaciones del comportamiento de los obligados tributarios.

    Es importante resaltar que continuará prestándose durante 2014 la colaboración activa de la Agencia Tributaria con los órganos jurisdiccionales en los procesos judiciales por delitos contra la Hacienda Pública y en otros relacionados con el ámbito tributario.

    Esta colaboración se manifiesta en diversos ámbitos: el suministro de información a juzgados y tribunales y al Ministerio Fiscal, la realización durante el proceso penal de labores de auxilio judicial, la actuación de Vigilancia Aduanera como policía judicial y finalmente, la actuación de la Unidad de Apoyo a la Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada.

    La persecución del contrabando de tabaco constituirá una actuación prioritaria de control en el área de Aduanas e Impuestos Especiales y, en especial, para las unidades de Vigilancia Aduanera. También se potenciará la participación de Vigilancia Aduanera en las...

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