ORDEN APU/3289/2002, de 23 de diciembre, por la que se establece la concesión de subvenciones destinadas a paliar los daños en infraestructuras públicas ocasionados por el accidente del buque "Prestige".

Fecha de Entrada en Vigor27 de Diciembre de 2002
MarginalBOE-A-2002-25171
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Administraciones Publicas
Rango de LeyOrden

ORDEN APU/3289/2002, de 23 de diciembre, por la que se establece la concesión de subvenciones destinadas a paliar los daños en infraestructuras públicas ocasionados por el accidente del buque 'Prestige'.

Los Reales Decretos-leyes 7/2002, de 22 de noviembre, y 8/2002, de 13 de diciembre, establecen un conjunto de medidas reparadoras para paliar los daños en infraestructuras públicas ocasionados por el accidente del buque 'Prestige', estableciendo ambos en sendas disposiciones adicionales que los remanentes de crédito que, en su caso, pudieran existir al cierre del ejercicio 2002, podrán incorporarse al presupuesto de 2003.

Asimismo, los citados Reales Decretos-leyes facultan a los titulares de los Departamentos ministeriales, en el ámbito de sus respectivas competencias, para dictar las disposiciones necesarias y establecer los plazos para la ejecución de lo establecido en los mismos.

De conformidad con lo establecido en las citadas normas, se pretende, a través de la presente Orden regular, el procedimiento para la concesión de subvenciones destinadas a paliar y reparar los daños en infraestructuras públicas ocasionados por el siniestro aludido.

En su virtud, dispongo:

Artículo 1 Fines de las subvenciones.
  1. Las ayudas contempladas en esta Orden se destinarán a subvencionar las actuaciones en las zonas contaminadas, corrección del impacto medioambiental, regeneración de playas, recuperación de los recursos naturales y, en general, cualquier intervención necesaria para la reparación de los daños causados por el accidente o de los derivados directa o indirectamente de él.

  2. Tendrán la consideración de obras, servicios, adquisiciones o suministros de emergencia, los establecidos en el artículo 6 del Real Decreto-ley 7/2002, de 22 de noviembre, y del Real Decreto-ley 8/2002, de 13 de diciembre.

Artículo 2 Ámbito territorial de aplicación.

Las subvenciones objeto de la presente Orden se aplicarán en los términos...

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