ORDEN DEF/3064/2007, de 11 de octubre, por la que se crean ficheros de datos de carácter personal de la Subdirección General de Servicios Técnicos y Telecomunicaciones del Ministerio de Defensa.
Fecha de Entrada en Vigor | 24 de Octubre de 2007 |
Marginal | BOE-A-2007-18436 |
Sección | III - Otras Disposiciones |
Emisor | Ministerio de Defensa |
Rango de Ley | Orden |
La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), establece un conjunto de medidas para garantizar y proteger, en lo concerniente al tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas y, especialmente, de su honor e intimidad personal y familiar.
El artículo 20.1 de la referida LOPD determina que la creación, modificación o supresión de ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o Diario Oficial correspondiente.
La Subdirección General de Servicios Técnicos y Telecomunicaciones tiene la necesidad de implantar los ficheros relativos a «Aplicación de Gestión de Tarjetas», «Registro del Servicio de Atención al Usuario», «Directorio de comunicación electrónica» y «Videovigilancia del Centro Corporativo de Explotación y Apoyo».
En su virtud, y en cumplimiento del artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, previo informe de la Agencia Española de Protección de Datos, dispongo:
Apartado primero. Creación de los ficheros.
Por la presente se crean cuatro ficheros con datos de carácter personal de la Subdirección General de Servicios Técnicos y Telecomunicaciones que figuran en el anexo a esta orden.
Apartado segundo. Regulación legal de los ficheros.
La Subdirección General de Servicios Técnicos y Telecomunicaciones, como responsable de los ficheros creados en esta orden, adoptará las medidas de gestión y organización que sean necesarias para asegurar la confidencialidad, seguridad e integridad de sus datos, así como las conducentes a hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y en sus normas de desarrollo.
Asimismo, notificará a la Agencia de Protección de Datos la creación de los ficheros, conforme al Real Decreto 1332/1994, de 20 de junio, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de regulación del tratamiento automatizado de los datos de carácter personal.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en esta orden ministerial.
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