Resolución de 2 de julio de 2007, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra calificación del Juez Encargado del Registro Civil Central, en expediente sobre rectificación de error en inscripción de nacimiento.

MarginalBOE-A-2007-18425
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyResolución

En el expediente sobre rectificación de error en inscripción de nacimiento, remitido a este Centro en trámite de recurso en virtud del entablado por el interesado contra calificación del Juez Encargado del Registro Civil Central.

Hechos

  1. Con fecha 22 de abril de 2003 en el Registro Civil de G., se levanta acta mediante la cual Don R., manifiesta que se le ha concedido la nacionalidad española, que acepta dicha nacionalidad no renunciando a la de origen, que jura fidelidad al Rey a la Constitución y las Leyes Españolas, que solicita ser inscrito como R.

  2. Recibida la documentación en el Registro Civil Central, se practica la inscripción de nacimiento del interesado con fecha 4 de diciembre de 2003 como R., fecha de nacimiento 12 de junio de 1949, sexo: mujer.

  3. Notificado el interesado, éste interpone recurso ante la Dirección General de los Registros y del Notariado alegando que hay varios errores en la inscripción de nacimiento que le ha sido notificada: la fecha de nacimiento es 13 de julio de 1949, el apellido es A. y el sexo es hombre, por lo que solicita la rectificación de dichos errores.

  4. Notificado el Ministerio Fiscal de la interposición del recurso, éste no se opone a la rectificación solicitada. El Juez Encargado remite el expediente a la Dirección General de los Registros y del Notariado para su resolución.

Fundamentos de Derecho

  1. Vistos los artículos 41 y 92 a 95 de la Ley del Registro Civil; 12, 294, 342 y 365 del Reglamento del Registro Civil y las Resoluciones de 19-6.ª de octubre de 1999; 29-2.ª de marzo de 2000; 29 de enero, 10 de febrero, 21 de marzo, 10 de julio y 5-1.ª de diciembre de 2003 y 24-1.ª de febrero,15-1.ª de marzo, 14-4.ª de mayo, 24-1.ª de junio, 9 de julio, 9-2.ª de septiembre, 21-3.ª y 11 y 27-1.ª de diciembre de 2004.

  2. Se denuncian tres errores en la inscripción de nacimiento practicada en el Registro Civil Central: La fecha de nacimiento, el sexo y el apellido del recurrente. Dicha inscripción se practicó en dicho Registro por trascripción del certificado de nacimiento expedido por el Registro local, el cual fue extendido sobre un impreso bilingüe, inglés-español, en el que los datos correspondientes al nacido se consignaron manualmente solo en lengua inglesa. Con dicho certificado se acompañaba la correspondiente traducción al castellano.

  3. En cuanto a la fecha de nacimiento en el certificado original consta «July-12-1949» y en el texto traducido «12 de julio de 1949». No obstante en la...

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