Orden ECI/872/2006, de 24 de febrero, por la que se convocan subvenciones dirigidas a fundaciones con dependencia orgánica de partidos políticos con representación en las Cortes Generales, para el desarrollo de actividades formativas dentro del campo de la educación de personas adultas, tendentes a elevar el nivel de formación que permita el desarrollo de la capacidad de participación política.

MarginalBOE-A-2006-5580
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyOrden

Orden ECI/872/2006, de 24 de febrero, por la que se convocan subvenciones dirigidas a fundaciones con dependencia orgánica de partidos políticos con representación en las Cortes Generales, para el desarrollo de actividades formativas dentro del campo de la educación de personas adultas, tendentes a elevar el nivel de formación que permita el desarrollo de la capacidad de participación política.

La Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación, en su Título III, marca como objetivo ofrecer, a todas las personas, la posibilidad de formarse a lo largo de la vida, con el fin de adquirir, actualizar, completar o ampliar sus conocimientos y actitudes para su desarrollo personal o profesional.

De acuerdo con lo anterior, la citada Ley Orgánica establece, en el artículo 52, apartado 2.c), entre los objetivos de la educación de las personas adultas, el de desarrollar su capacidad de participación en la vida social, cultural, política y económica propia de una sociedad democrática.

Para lograr este objetivo se hace necesario que las Administraciones educativas fomenten actividades formativas tendentes a incrementar entre la población adulta dicha participación, mediante la colaboración con Fundaciones con dependencia orgánica de partidos políticos con representación en las Cortes Generales.

Por todo ello, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones (Boletín Oficial del Estado de 18 de noviembre) y en la Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril (Boletín Oficial del Estado de 12 de mayo) de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva y previo informe del Servicio Jurídico y la Intervención Delegada del Departamento, este Ministerio ha resuelto:

Primero. Objeto de la convocatoria.-La presente Orden tiene por objeto establecer la convocatoria para el año 2006 de subvenciones, dirigidas a fundaciones con dependencia orgánica de partidos políticos con representación en las Cortes Generales para la realización de actividades dentro del campo de la educación de personas adultas, tendentes a elevar el nivel de formación que permita el desarrollo de la capacidad de participación política.

Segundo. Financiación.

  1. La cuantía del crédito destinado a esta convocatoria es de 450.760 euros que se librarán con cargo al crédito 18.10.322H.480.04 del vigente Presupuesto de Gastos. del Ministerio de Educación y Ciencia.

  2. Podrán subvencionarse los gastos destinados:

    1. Al personal docente:

      Salarios y cuotas satisfechas a la Seguridad Social y/o remuneraciones profesionales.

      Gastos de desplazamiento.

    2. A los consumos/equipamientos:

      Materiales didácticos fungibles y consumibles.

      La preparación de medios didácticos.

      El alquiler de equipos didácticos.

  3. La financiación de la subvención podrá cubrir los gastos indirectos. Se considerarán como tales gastos administrativos de la fundación los derivados exclusiva y directamente de la organización y ejecución de las acciones formativas para las que se ha otorgado la subvención.

    Tercero. Solicitudes y requisitos.-Las solicitudes para participar en la presente convocatoria se formalizarán en el modelo de instancia que se establece en el Anexo I de esta convocatoria, al que deberá acompañarse la siguiente documentación:

    1. Memoria explicativa de la actividad a la que se dedicará la subvención, según Anexo II.

    2. Acreditación de la personalidad jurídica de la fundación solicitante, así como copia autenticada del número de identificación fiscal, con indicación del partido político del que depende.

    3. Copia autenticada del acta fundacional, estatutos y certificación de la inscripción en el registro correspondiente.

    4. Certificación de la persona que ostente la representación del partido político, acreditando la dependencia orgánica y designando a la asociación o fundación solicitante como perceptora de la subvención.

    5. Declaración en la que conste si la fundación recibe o ha solicitado otras...

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