Orden EDU/3623/2009, de 17 de diciembre, por la que se convocan plazas para profesores visitantes en centros escolares de los Estados Unidos de América y Canadá, para el curso académico 2010/2011.

MarginalBOE-A-2010-362
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educación
Rango de LeyOrden

En virtud del Real Decreto 1027/1993, de 25 de junio (B.O.E. del 6 de agosto), por el que se regula la acción educativa en el exterior y de los Acuerdos suscritos por el Ministerio de Educación con diversos estados de Estados Unidos y una Provincia de Canadá para atender a la demanda de enseñanza de la lengua española, anualmente se convocan plazas para profesores visitantes españoles para centros públicos estadounidenses y canadienses de Enseñanza Primaria y Secundaria.

Para los centros y los alumnos estadounidenses y canadienses, los profesores visitantes ofrecen la posibilidad de responder a una creciente demanda de enseñanza de la lengua española y una mejora de la calidad de su enseñanza.

Para los participantes en el programa, que podrán ser maestros y licenciados españoles, sean o no profesores de cuerpos de funcionarios docentes, la experiencia tiene el aliciente de una práctica docente en un país con un medio cultural y profesional diferente, con lo que ello supone de desarrollo profesional y personal, factores que, sin duda, incidirán en la mejora de la calidad de la enseñanza en los centros españoles a los que se incorporen en el futuro.

Por todo ello, el Ministerio de Educación ha dispuesto hacer pública la convocatoria de plazas, en régimen de concurrencia competitiva, para Profesores Visitantes en Estados Unidos y Canadá, de acuerdo con lo establecido en el capítulo II, apartado vigésimo, de la Orden ECI/1305/2005 de 20 de abril (B.O.E. del 12 de mayo), por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva.

  1. Plazas

    1.1 Las plazas que se ofrecen en Estados Unidos y Canadá están situadas en centros educativos de enseñanza primaria y secundaria, donde se imparten:

    1. Programas de enseñanza bilingüe y de inmersión lingüística, en los que el profesor deberá impartir las asignaturas curriculares propias del sistema educativo del estado o provincia correspondiente. b) Enseñanza del español como lengua extranjera.

    1.2 Tanto el número total de plazas que, con carácter provisional, asciende a 290, como los estados participantes, según figuran en el Anexo I, pueden sufrir variaciones en función de la planificación que las autoridades educativas de Estados Unidos y Canadá realicen del curso escolar 2010-2011.

  2. Requisitos de los candidatos

    Los candidatos deberán reunir los siguientes requisitos generales:

    2.1 Tener nacionalidad española. 2.2 Dominar el idioma inglés oral y escrito. 2.3 No padecer enfermedad que imposibilite el ejercicio de la docencia. 2.4 Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones:

    1. Título de Licenciado. b) Título de Maestro.

  3. Documentación acreditativa de requisitos

    Las solicitudes de los candidatos, cumplimentadas según se especifica en el apartado 5, deberán ir acompañadas de los siguientes documentos:

    1. Fotocopias compulsadas de los certificados del nivel del conocimiento del inglés o, en su defecto, declaración de poseer dichos conocimientos, con indicación de la forma en que se obtuvieron. b) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad que imposibilite el ejercicio de la docencia. c) Dos fotocopias compulsadas del Título que les permite concurrir a la convocatoria o documento acreditativo de haber efectuado el pago de los derechos para su expedición. En el caso de títulos extranjeros, se adjuntará la homologación correspondiente a la titulación española. d) Dos ejemplares del currículum vitae en inglés, en una sola página cada uno, no manuscrita, con especificación de la titulación académica y la experiencia profesional, según la plantilla publicada en www.educacion.es/educacion/actividad-internacional, y dos fotografías tamaño carné.

  4. Documentación acreditativa de méritos

    4.1 Para acreditar los méritos, que se especifican en el Anexo II, se aportará la siguiente documentación:

    1. Fotocopia del permiso de conducir. b) Certificados acreditativos de los servicios prestados en centros docentes públicos o privados, en España o en el extranjero, expedidos por la autoridad competente, con especificación de las fechas de alta y baja, nivel educativo, tipo de dedicación, y asignatura impartida. Los profesores funcionarios acreditarán la experiencia docente según el Anexo IV de esta convocatoria. c) Certificaciones acreditativas de experiencia en actividades relacionadas con la

    docencia. d) Dos fotocopias compulsadas del Certificado de Aptitud Pedagógica (C.A.P.) o, en su caso, del título administrativo que acredite la condición de Funcionario de Carrera del Cuerpo de profesores de Enseñanza Secundaria, con su traducción al inglés, no manuscrita. Deberá tenerse en cuenta que en algunos Estados se exige estar en posesión del C.A.P. o nueva certificación equivalente, no pudiendo ser sustituido éste por el título administrativo que acredite la condición de Funcionario de Carrera del Cuerpo de profesores de Enseñanza Secundaria. e) Dos fotocopias compulsadas de la certificación académica personal expedida por la escuela universitaria o facultad donde se hayan realizado los estudios, acompañada de su traducción al inglés no manuscrita.

    4.2 Los candidatos podrán adjuntar a sus solicitudes fotocopia compulsada de títulos universitarios diferentes al alegado para concurrir. 4.3 Durante las pruebas de selección, se podrá presentar ante las respectivas Comisiones cualquier otra documentación y materiales didácticos que se consideren oportunos.

  5. Solicitudes

    5.1 Solicitudes on line.-Los candidatos formularán sus solicitudes a través de la aplicación Profex, accesible desde www.educacion.es/educacion/actividad-internacional, indicando si solicita plaza para Canadá o Estados Unidos. En el caso de solicitar Estados Unidos, elegirán un solo estado de su preferencia.

    Para elegir destino, los candidatos tendrán en cuenta los méritos que se relacionan en el Anexo II de esta convocatoria. 5.2 Presentación de la documentación.-Una vez cumplimentada la solicitud en Profex, se imprimirá y se adjuntará copia de la misma al resto de la documentación que se presente en la forma que se especifica en el apartado siguiente.

    5.3 Forma y plazo de presentación de las solicitudes.-Las solicitudes, dirigidas al Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Educación, se presentarán en el Registro General del Ministerio de Educación, calle Los Madrazo, 17, 28071 Madrid; en el Registro Auxiliar del Ministerio de Educación, Paseo del Prado, 28, 28071 Madrid, en los registros de las Consejerías de Educación de las Comunidades Autónomas, en las representaciones Diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero o en cualquiera de las dependencias previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero, de Régimen General de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

    En el caso de que los candidatos optaran por presentar su solicitud en una oficina de correos, lo harán en sobre abierto para que pueda ser fechada y sellada por el funcionario de correos antes de ser certificada, para acreditar la presentación dentro del plazo.

    En el caso de que se disponga de Certificado Digital de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, se podrá registrar la solicitud a través de la aplicación Profex.

    El plazo para cumplimentar la solicitud y para la presentación de la documentación requerida será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del Estado.

    Sólo serán tenidos en cuenta los méritos alegados, y debidamente justificados, presentados dentro del mencionado plazo, con excepción de los que se hace referencia en el apartado 4.3.

  6. Admisión y preselección de candidatos

    6.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, y una vez revisada la documentación, se hará pública en el tablón de anuncios de la Subdirección General de Cooperación Internacional del Ministerio de Educación y en la dirección de Internet www. educacion.es/educacion/actividad-internacional la relación provisional de candidatos excluidos del proceso y las causas que lo motivan, así como la relación provisional de candidatos preseleccionados, con indicación de las fechas y lugares para la realización de las correspondientes pruebas de selección. 6.2 Si la exclusión es debida a la falta de los documentos requeridos en el apartado 3 de esta Orden, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o presente los documentos, con indicación de que si no lo hiciera así, se le tendrá por desistido de su petición, todo ello según lo dispuesto en el artículo 71 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico...

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