Resolucion 21 de Julio de 1995, de la Direccion General de Los Registros y del Notariado, En el Recurso Gubernativo Interpuesto por el Notario de Villalpando, Don Francisco Javier Oñate Cuadros, Contra la Negativa del Registrador de la Propiedad de Dicha Localidad, a Inscribir Una Escritura de Subrogacion Hipotecaria, En Virtud de Apelacion del Recurrente.

BOE. Boletín Oficial del Estado núm. 197, 18 de Agosto de 1995III - Otras Disposiciones › Ministerio de Justicia e Interior

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Resolucion 21 de Julio de 1995, de la Direccion General de Los Registros y del Notariado, En el Recurso Gubernativo Interpuesto por el Notario de Villalpando, Don Francisco Javier Oñate Cuadros, Contra la Negativa del Registrador de la Propiedad de Dicha Localidad, a Inscribir Una Escritura de Subrogacion Hipotecaria, En Virtud de Apelacion del Recurrente.

En el recurso gubernativo interpuesto por el Notario de Villalpando, don Francisco Javier Oñate Cuadros, contra la negativa del Registrador de la Propiedad de dicha localidad, a inscribir una escritura de subrogación hipotecaria, en virtud de apelación del recurrente.

Hechos

I

El día 25 de mayo de 1994, mediante escritura pública autorizada por don Francisco Javier Oñate Cuadros, Notario de Villalpando, don Tomás Asensio Asensio, subrogó al amparo de lo dispuesto en el artículo 1.211 del Código Civil y la Ley 2/1994, de 30 de marzo, a la entidad de crédito «Banco de Castilla, Sociedad Anónima» en el préstamo hipotecario constituido en escritura autorizada por el Notario don Luis Codes Díaz-Quetcuti, el día 9 de marzo de 1993, a favor de la Caja Rural de Zamora, para la financiación de la construcción de un edificio. En la escritura de subrogación la entidad subrogada declara que la cantidad pagada resulta de la certificación del saldo expedido por la acreedora y se acompaña el resguardo expedido por ésta en que s...

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