VALENCIA

MarginalBOE-B-2014-10042
SecciónIV - Administración de Justícia
EmisorJuzgados de lo Mercantil

Doña Cristina María Valero Doménech, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente,

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores número 1295/2012, habiéndose dictado por el Ilmo./a Sr./a Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil numero 3 de Valencia Sentencia en fecha 22 de noviembre de 2013 respecto de la mercantil Carlos Descals, S.L. con CIF B46121380, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

"Que debo aprobar y apruebo la propuesta de convenio presentada en el presente expediente de concurso voluntario por la Procuradora de los Tribunales, D.ª María Ángeles Esteban Álvarez en nombre y representación de "CARLOS DESCALS, S.L. ", con las siguientes consideraciones, habida cuenta la existencia de dos alternativas:

  1. Todos los créditos, tanto ordinarios como subordinados, que queden sometidos a esta opción resultarán novados en su cuantía, aplicándose sobre los mismos una quita del 50 % de sus respectivos importes, asimismo, cada uno de los créditos ordinarios sometidos a esta propuesta tendrán una espera de 5 años, no atendiéndose pago alguno durante los primeros dos años, efectuándose pasado dicho periodo, tres pagos iguales anuales. Los citados plazos contarán desde la firmeza de la resolución judicial que apruebe el convenio. Los créditos subordinados serán satisfechos, sin devengo de intereses con los mismos criterios computándose los plazos a partir del íntegro pago de los créditos ordinarios;

  2. Todos los créditos, tanto ordinarios como subordinados que queden sometidos a esta opción, resultarán novados en su cuantía, aplicándose sobre los mismos una quita del 50 % de sus respectivos importes, el 50 % restante se convertirá en préstamo participativo, que tendrá una duración de cinco años, pagándose en importe del mismo de forma anual. Dicha alternativa se desarrolla ampliamente y a ella se hace expresa remisión.

Se declara que el importe total del crédito de los acreedores adheridos a la propuesta de convenio, tal y como auxilia la Administración Concursal, asciende a la suma de 7.863.725,84 €, lo que supone el 62,63 % de los 6.098.310,60 €; un porcentaje del 48,57 %, corresponde al crédito de acreedores que sean adherido a la opción a) y 1.765.415,24 €, un porcentaje del 14,06 %, corresponde al importe del crédito de los acreedores que se han adherido a la opción b).

Los efectos se producirán desde la fecha de la presente sentencia. Los efectos recogidos...

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