REAL DECRETO 1951/1996, de 23 de agosto, sobre Traspaso a la Comunidad valenciana de las Funciones y Servicios de la Seguridad social en materia de asistencia sanitaria encomendada al instituto social de la Marina (ism).

BOE. Boletín Oficial del Estado núm. 0231, 24 de Septiembre de 1996I - Disposiciones Generales › Ministerio de Administraciones Publicas

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REAL DECRETO 1951/1996, de 23 de agosto, sobre Traspaso a la Comunidad valenciana de las Funciones y Servicios de la Seguridad social en materia de asistencia sanitaria encomendada al instituto social de la Marina (ism).

El artículo 149.1.16.ª y 17.ª de la Constitución establece las competencias del Estado en las materias de sanidad y Seguridad Social. A su vez, el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, aprobado por Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, y reformado por Ley Orgánica 5/1994, de 24 de marzo, en su artículo 38.2, atribuye a la Generalidad Valenciana en materia de Seguridad Social, el desarrollo legislativo y la ejecución de la legislación básica del Estado, salvo las normas que configuran el régimen económico de la misma. Por otra parte, la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, establece los principios a los que se debe acomodar la transferencia a las Comunidades Autónomas de la gestión de la asistencia sanitaria de la Seguridad Social.

Finalmente, el Real Decreto 4015/1982, de 29 de diciembre, determina las normas y el procedimiento a que han de ajustarse los traspasos de funciones y servicios del Estado a la Generalidad Valenciana.

De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto citado, que también regula el funcionamiento de la Comisión Mixta de Transferencias prevista en la disposición transitoria cuarta del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, esta Comisión adoptó, en su reunión del día 30 de julio de 1996, el oportuno Acuerdo, cuya virtualidad práctica exige su aprobación por el Gobierno mediante Real Decreto.

En su virtud, en cumplimiento de lo dispuesto en la disposición transitoria cuarta del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, a propuesta del Ministro de Administraciones Públicas, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 23 de agosto de 1996,

D I S P O N G O :

Artículo 1.

Se aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta prevista en la disposición transitoria cuarta del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, adoptado por el Pleno de dicha Comisión en su sesión del día 30 de julio de 1996, por el que se concretan las funciones y servicios de la Seguridad Social que deben ser objeto de traspaso a la Comunidad Valenciana, en materia de asistencia sanitaria encomendada al Instituto Social de la Marina, y que se transcribe como anexo al presente Real Decreto.

Artículo 2.

En consecuencia, quedan traspasados a la Comu...

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