Real Decreto 1385/1991, de 30 de agosto, por el que se establece el Titulo Universitario Oficial de licenciado en Traduccion e interpretación y las Directrices generales propias de los planes de estudios conducentes a la Obtencion de aquél.

Extracto


Real Decreto 1385/1991, de 30 de agosto, por el que se establece el Titulo Universitario Oficial de licenciado en Traduccion e interpretación y las Directrices generales propias de los planes de estudios conducentes a la Obtencion de aquél.

El artículo 28 de La Ley Organica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria (lru), dispone que el Gobierno, a propuesta del consejo de Universidades, establecerá los Titulos de carácter Oficial y validez en todo el territorio nacional, asi cómo las Directrices generales de los planes de estud...

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