Orden AAA/350/2013, de 20 de febrero, por la que se modifica el Anexo a la Orden AAA/2913/2012, de 26 de diciembre, por la que se dispone la concesión de títulos de obtención vegetal en el Registro de Variedades Protegidas.
Marginal | BOE-A-2013-2414 |
Sección | III - Otras Disposiciones |
Emisor | Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente |
Rango de Ley | Orden |
Mediante Orden AAA/2913/2012, de 26 de diciembre, por la que se dispone la concesión de títulos de obtención vegetal en el Registro de Variedades Protegidas, publicada en el Boletín Oficial del Estado de 16 de enero de 2013, se concedieron los mencionados títulos para las variedades de las especies cuyas denominaciones figuran en el anexo de la Orden, con duración de la protección hasta el 31 de diciembre de 2037 para las variedades de cebolla, espárrago, patata, trigo blando y trigo duro y hasta el 31 de diciembre de 2042 para las de mandarino clementino, mandarino híbrido y melocotonero.
Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 18 de la Ley 3/2000, de 7 de enero, de régimen jurídico de la protección de las obtenciones vegetales, sobre la duración del derecho del obtentor, que se extiende hasta el final del vigésimo quinto año natural o, en el caso de variedades de vid y de especies arbóreas, hasta el trigésimo año natural, a contar desde el año de concesión de los derechos de obtentor, y que en el presente caso ese plazo se inicia en 2013 –dado que la citada Orden AAA/2913/2012, de 26 de diciembre, se publicó en el Boletín Oficial del Estado el 16 de enero de 2013 y comenzó a surtir efectos el día siguiente al de su publicación–, la duración de la protección alcanza, en el caso de las variedades de cebolla, espárrago, patata, trigo blando y trigo duro que figuran en el anexo de la Orden, hasta el 31 de diciembre de 2038, y en el caso de las variedades de mandarino clementino, mandarino híbrido y melocotonero, hasta el 31 de diciembre de 2043, que son las fechas que deberían haber figurado en el citado anexo, en vez de las de 31 de diciembre de 2037 y 31 de diciembre de 2042.
En su virtud, dispongo:
La modificación del anexo a la Orden AAA/2913/2012, de 26 de diciembre, por la que se dispone la concesión de títulos de obtención vegetal en el Registro de Variedades Protegidas, en el sentido de que en la columna referida a la duración de la protección concedida figure que es «hasta 31-12-2038» en el caso de las variedades de las especies de cebolla, espárrago, patata, trigo blando y trigo duro, y «hasta 31-12-2043» para las variedades de las especies de mandarino clementino, mandarino híbrido y melocotonero, publicándose a continuación nuevamente el anexo, con las citadas modificaciones, en aras de una mayor claridad y seguridad jurídica.
La presente orden agota la vía administrativa de conformidad con el artículo 109 de la Ley...
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Solicita tu prueba- Orden ARM/3571/2011, de 20 de diciembre, por la que se dispone la concesión de títulos de obtención vegetal en el Registro de Variedades Protegidas.
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