ORDEN de 13 de abril de 1999 por la que se establecen las condiciones generales y el procedimiento para la presentación telemática de declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
ORDEN de 13 de abril de 1999 por la que se establecen las condiciones generales y el procedimiento para la presentación telemática de declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
ORDEN de 13 de abril de 1999 por la que se establecen las condiciones generales y el procedimiento para la presentación telemática de declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
El artículo 45 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ('Boletín Oficial del Estado' del 27), insta a las Administraciones Públicas para que promuevan la incorporación de técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas en el desarrollo de su actividad y el ejercicio de sus competencias.El Real Decreto 263/1996, de 16 de febrero, por el que se regula la utilización de técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración General del Estado, aborda el desarrollo de dicho artículo, con la pretensión de delimitar en el ámbito de la Administración General del Estado, las garantías, requisitos y supuestos de utilización de las técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas.La regulación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio 1998 se contiene fundamentalmente en la Ley 18/1991, de 6 de junio ('Boletín Oficial del Estado' del 7) y en el Reglamento de dicho Impuesto aprobado por el artículo 1 del Real Decreto 1841/1991, de 30 de diciembre.El artículo 96 de dicha Ley determina en los apartados uno, dos y tres los sujetos obligados a presentar declaración por este impuesto y dispone que dicha declaración se efectuará en la forma, plazos e impresos que establezca el Ministro de Economía y Hacienda.La Orden de 12 de marzo de 1999 aprueba los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio para el ejercicio 1998 y determina el lugar, forma y plazos de presentación de los mismos.La Ley 40/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras Normas Tributarias ('Boletín Oficial del Estado' del 10) dispone, en el artículo 79.5, que el Ministro de Economía y Hacienda establecerá los supuestos y condiciones de presentación de las declaraciones por medios telemáticos.El artículo 59.3 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas aprobado por el artículo único del Real Decreto 214/19...
REAL DECRETO 448/1995, de 24 de Marzo,por el que se modifica determinados articulos del Reglamento general de Recaudacion, del Real decreto por el que se reglamenta el Recurso de Reposicion previo al economico-administrativo y del Real decreto por el que se desarrolla determinadas directivas comunitarias sobre asistencia mutua en materia de ...
REAL DECRETO 263/1996, de 16 de Febrero,por el que se regula la Utilización de Técnicas electrónicas, informáticas y Telemáticas por la Administración general del Estado.
Real Decreto 1841/1991, de 30 de diciembre,por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas y se modifican otras normas tributarias.