Real Decreto 56/1994, de 21 de enero, por el que se otorga al ente público de la Red Técnica Española de Televisión (RETEVISION) y a «Telefónica de España, Sociedad Anónima», título habilitante para la prestación del servicio portador soporte del servicio de valor añadido de radiocomunicaciones móviles terrestres en grupos cerrados de usuarios.
Marginal | BOE-A-1994-2633 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente |
Rango de Ley | Real Decreto |
La Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, modificada por la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, establece en su artículo 14.3 que los servicios portadores se podrán prestar por gestión directa o indirecta, previa obtención del correspondiente título habilitante, el cual deberá especificar cada uno de los servicios portadores para cuya prestación habilita, sin que sea válida una concesión genérica.
Teniendo en cuenta la disponibilidad por el Ente público de la Red Técnica Española de Televisión (RETEVISION) y por la
En su virtud, a propuesta del Ministro de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 21 de enero de 1994,
DISPONGO:
Se otorga al Ente público de la Red Técnica Española de Televisión (RETEVISION) y a
Dado en Madrid a 21 de enero de 1994.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente
JOSE BORRELL FONTELLES
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