RESOLUCIÓN DE 24 DE JULIO DE 1997, de la subsecretaria, por la que se aprueba la Instruccion relativa al plan de austeridad de Gastos corrientes de la administracion general del Estado.

BOE. Boletín Oficial del Estado núm. 0187, 6 de Agosto de 1997I - Disposiciones Generales › Ministerio de Sanidad y Consumo

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RESOLUCIÓN DE 24 DE JULIO DE 1997, de la subsecretaria, por la que se aprueba la Instruccion relativa al plan de austeridad de Gastos corrientes de la administracion general del Estado.

Por Acuerdo del Consejo de Ministros, en su reunión del día 6 de junio de 1997, se aprobó el Plan de austeridad de gastos corrientes de la Administración General del Estado. La Resolución de la Subsecretaría del Ministerio de Economía y Hacienda de 17 de junio de 1997 hace público dicho Acuerdo considerando la necesidad de promover su aplicación en la Administración General del Estado, en sus Organismos autónomos y en las entidades públicas empresariales. El plan de austeridad aprobado responde a la necesidad de adecuar los gastos dirigidos al funcionamiento operativo de los servicios a las disponibilidades presupuestarias que, en el ejercicio de 1997 y previsiblemente en ejercicios posteriores, se han visto o se verán afectados por criterios de austeridad, ahorro, rigor y control del gasto público.

Con objeto de implantar una política de reducción del gasto público, atendiendo a los criterios de austeridad antes citados, el Ministerio de Sanidad y Consumo aprobó un Plan operativo para la revisión de los gastos de funcionamiento, que contenía quince medidas concretas cuya aplicación obligaba a la totalidad de los órganos directivos ministeriales y que, en gran parte, coinciden con las que ahora se recogen en el plan de austeridad de gastos corrientes de la Administración General del Estado. Tales medidas venían aplicándose a través de diversas instrucciones dictadas por esta Subsecretaría de Sanidad y Consumo.

Como quiera que el apartado a) del punto II «Ámbito de aplicación» del Acuerdo, requiere la adaptación del plan a las particularidades de cada Ministerio y siendo preciso que tal adaptación sea publicada en el «Boletín Oficial del Estado», por la presente Resolución se determinan las líneas directrices de racionalización de los gastos corrientes del Ministerio de Sanidad y Consumo y de sus organismos adscritos.

En virtud de lo expuesto y en cumplimiento de lo dispuesto en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 6 de junio de 1997,

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