Resolución de 15 de julio de 2014, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se convocan, en colaboración con las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, acciones formativas para los empleados públicos de la Administración General del Estado, destinados en los servicios periféricos.

MarginalBOE-A-2014-7710
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Hacienda y Administraciones Públicas
Rango de LeyResolución

Entre las funciones asignadas al Instituto Nacional de Administración Pública (INAP) de acuerdo con su Estatuto, aprobado por el Real Decreto 464/2011, de 1 de abril, se encuentra la formación y el perfeccionamiento de los empleados públicos.

Para el ejercicio de estas funciones, el INAP viene colaborando con las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, con objeto de facilitar que los empleados públicos destinados en los servicios periféricos de la Administración General del Estado puedan acceder en condiciones de igualdad a las actividades que organiza.

Una vez efectuada la correspondiente detección de necesidades formativas de este colectivo, se considera oportuno realizar dos convocatorias específicas, una para empleados públicos de los subgrupos A1 y A2, objeto de esta resolución, y otra para los subgrupos C1 y C2, que será publicada con posterioridad. en ambos casos, la finalidad será el desarrollo de competencias para las que se recomienda, con carácter general, la formación en modalidad presencial.

Por ello, esta Dirección adopta la siguiente resolución:

Primero. Objeto.

Mediante esta resolución se convocan actividades formativas presenciales para los empleados públicos de los servicios periféricos de la Administración General del Estado pertenecientes a los subgrupos A1 y A2, en la fecha y lugar de celebración indicados en el anexo.

Segundo. Destinatarios.

Podrán participar en los cursos relacionados en el anexo los empleados públicos destinados en los servicios periféricos de la Administración General del Estado que pertenezcan a los subgrupos A1 y A2, y el personal laboral equivalente, y estén destinados en el ámbito territorial correspondiente. No tendrán validez las inscripciones en cursos de una provincia distinta a la de adscripción del puesto de destino.

Tercero. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado» y hasta el 10 de septiembre.

Quienes deseen participar en los cursos convocados deberán presentar la solicitud que figura en la página web del INAP (www.inap.es) entrando en «Aprendizaje», a continuación en «Formación para la Administración Periférica», donde deberá seleccionar la provincia en la que se encuentren destinados y finalmente, una vez comprobado que en dicha provincia se oferta una actividad formativa presencial, en el apartado «Inscripción electrónica». Una vez ejecutada la acción «Grabar solicitud», se les generará una copia del modelo de solicitud que deberán imprimir y pasar a la firma del superior jerárquico, la cual deberán conservar en su poder hasta que se les solicite su presentación. en el caso de no obtener esta autorización del superior jerárquico y estar en periodo de inscripción, deberá proceder a dar de baja la solicitud entrando en https://portalalumno.inap.es/Alumno.

El INAP generará una base de datos con las solicitudes electrónicas que enviará a cada Delegación y Subdelegación del Gobierno, las cuales seleccionarán los alumnos para cada actividad formativa, asegurándose de que todos ellos cumplen con los requisitos exigidos. Las bases de datos deberán ser remitidas al INAP por el responsable de cada Delegación y Subdelegación del Gobierno mediante un correo electrónico a la dirección fg@inap.es en un plazo de diez días desde la recepción.

Cuarto. Selección.

  1. Los empleados públicos podrán participar en cursos de formación durante los permisos por parto, adopción o acogimiento, así como durante la situación de excedencia por cuidado de familiares, según lo dispuesto en los artículos 49 y 89.4 de La Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

  2. La selección final de los participantes corresponde a las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno. en la selección se observarán los siguientes criterios: adecuación del puesto desempeñado a los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR