LEY 19/2005, de 14 de noviembre, sobre la sociedad anónima europea domiciliada en España.
BOE. Boletín Oficial del Estado núm. 273, 15 de Noviembre de 2005 › I - Disposiciones Generales › Jefatura del estado
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LEY 19/2005, de 14 de noviembre, sobre la sociedad anónima europea domiciliada en España.
LEY 19/2005, de 14 de noviembre, sobre la sociedad anónima europea domiciliada en España.
JUAN CARLOS I REY DE ESPAÑA A todos los que la presente vieren y entendieren. Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley. Exposición de motivos I El Reglamento (CE) n.° 2157/2001 del Consejo, de 8 de octubre de 2001, por el que se aprueba el Estatuto de la Sociedad Anónima Europea, impone, en su artículo 68, a los Estados miembros de la Unión Europea la obligación de adoptar todas aquellas disposiciones que sean precisas para garantizar la efectividad de las normas de aplicación directa que en él se contienen. Esta Ley tiene como objeto cumplir este específico mandato respecto de las sociedades europeas que se domicilien en España. II La sociedad anónima europea es una nueva forma social que se añade al catálogo de las reconocidas en los respectivos ordenamientos jurídicos, ampliando así la libertad de establecimiento en el territorio de la Unión Europea. Entre las distintas posibilidades de configuración, se ha optado por un modelo que, aunque orientado hacia las grandes sociedades, no impide el acceso a iniciativas de dimensión media o incluso de dimensión modesta. No obstante, el diseño originario, que pretendía conseguir una normativa sustantiva completa de carácter comunitario, ha dejado paso a una solución menos ambiciosa en la que, junto con esa normativa supranacional, conviven necesariamente, en una muy compleja relación jerárquica, las normas legales aplicables a las sociedades anónimas en el derecho interno. Como consecuencia de este sistema de fuentes, la sociedad europea pierde grados de unidad, en l...Ver el contenido completo de este documento
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