Resolución de 27 de diciembre de 2012, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, por la que se publican las cuentas anuales, correspondientes al ejercicio 2011, de Fraternidad-Muprespa, mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social n.º 275.

MarginalBOE-A-2013-1260
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Empleo y Seguridad Social
Rango de LeyResolución

En aplicación de lo dispuesto en el apartado cuarto.2 de la Resolución de 25 de julio de 2012, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se determina la estructura y composición de la Cuenta General de la Seguridad Social y de las cuentas anuales de las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social, y el resumen de la información a publicar en el «Boletín Oficial del Estado», esta Secretaría de Estado acuerda la publicación en el citado Boletín del resumen de las cuentas anuales, correspondientes al ejercicio 2011, de la mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales Fraternidad-Muprespa, M.A.T.E.P.S.S. n.º 275, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 27 de diciembre de 2012.–El Secretario de Estado de la Seguridad Social, Tomás Burgos Gallego.

VI. RESUMEN DE LA MEMORIA

VI.1 Organización y actividad

1.1 Norma de creación de la entidad.

Las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social son Entidades colaboradoras en la gestión de la Seguridad Social (artículo 67.1 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social -en adelante TRLGSS-, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio).

Son asociaciones de empresarios que, debidamente autorizadas por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, se constituyen con el objeto de colaborar, bajo la dirección y tutela de dicho Ministerio, en la gestión de las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales del personal a su servicio, sin ánimo de lucro, con sujeción a las normas reglamentarias y con la responsabilidad mancomunada de sus miembros. También podrán asumir la cobertura de la prestación económica por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes del personal al servicio de los empresarios asociados y todo ello sin perjuicio de la realización de otras prestaciones, servicios y actividades que les sean legalmente atribuidas (arts. 68 TRLGSS y 2 del Reglamento sobre colaboración de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre –en adelante RC–).

Fraternidad-Muprespa

, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 275, es una de estas Entidades colaboradoras en la gestión de la Seguridad Social, cuya creación se produjo mediante la Resolución de 22 de febrero de 1999, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, por la que se autoriza la fusión de «La Fraternidad», Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 166, y «Muprespa-Mupag-Previsión», Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 269.

Dicha Resolución, publicada en el Boletín Oficial del Estado del día 18 de marzo de 1999, autorizó la referida fusión, con efectos del día 31 de diciembre de 1998.

Con anterioridad a esta fusión, cada una de dichas Mutuas fusionadas había absorbido a las que a continuación se relacionan:

La Fraternidad

: A «La Única, Mutua Filantrópica» (número 13), «Federación Madrileña de las Industrias de Carnes» (40), «Mutua Industrial Minero-Metalúrgica y Derivados» (57), «Mutua Almanseña» (65), «Mutua de Empresas de Espectáculos de España» (66), «La Seguridad Mutua» (93), «Mutua General Industrial Agrícola» (123), «Mutua de Empresas Mineras e Industriales» (127), «Mutua de Accidentes de Trabajo de los Pescadores de Guipúzcoa-Gureartea» (134), «Mutua Española de Previsión» (156), «Mutua Cerealista de Cáceres» (185), «Mutral» (222; que a su vez había absorbido a «Mutua Provincial Agraria e Industrial de Burgos» -174-), «La Mecánica» (240), «Barcino Industrial y Comercial» (255) y «Mutua de Accidentes Azucareros» (259).

Muprespa-Mupag-Previsión

(269) fue el resultado de la absorción por «Muprespa» (269) de la Mutua 150, denominada «Mupag-Previsión» que, a su vez, había absorbido a: «Mutua Patronal de Industrias del Pescado y Derivados» (45), «Mutua de Fabricantes del Papel» (103), «Previsión de Accidentes» (138; que había absorbido a «Selva» -250-), «Pelayo» (250) y «AMI» (266).

1.2 Actividad de la entidad, su régimen jurídico, económico-financiero y de contratación.

Como se ha indicado en el apartado anterior, «Fraternidad-Muprespa» es una Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social. Estas Entidades son asociaciones constituidas por empresarios que asumen, al efecto, una responsabilidad mancomunada, con el principal objetivo de colaborar en la gestión de la Seguridad Social, sin ánimo de lucro y sujetas a las normas que reglamentariamente se establezcan (art. 68.1 TRLGSS).

Su naturaleza jurídica privada asociativa es, sin embargo, compatible con la naturaleza jurídica pública de las prestaciones que gestionan, de carácter económico y asistencial, que quedan dentro de la acción protectora del Sistema de la Seguridad Social y, por tanto, forman parte del régimen público de Seguridad Social previsto en el artículo 41 de la Constitución Española.

Su régimen jurídico se desarrolla, en cumplimiento del mandato legal del artículo 68.1 TRLGSS (… y con sujeción a las normas reglamentarias que se establezcan, …), en el ya citado Reglamento sobre Colaboración (RC).

Respecto a su régimen económico-financiero, debe señalarse que las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social forman parte del sector público estatal a los efectos de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria (en adelante LGP), como expresamente dispone el artículo 2.1.d) de dicha LGP.

De tal forma, «Fraternidad-Muprespa» se somete al régimen presupuestario, económico-financiero, de contabilidad, intervención y de control financiero establecido por la LGP, sin perjuicio de las especialidades contenidas en sus normas especiales (como permite el art. 4.1 LGP), que son el TRLGSS y RC.

Asimismo, «Fraternidad-Muprespa» está incluida en el ámbito subjetivo de aplicación del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (en adelante TRLCSP); si bien no tiene carácter de Administración Pública por lo que, a efectos de este TRLCSP, se trata de un poder adjudicador que no tiene el carácter de Administración Pública y queda sujeto a unas normas especiales, como resulta de los artículos 137, 189, 190 y 191 TRLCSP.

Fraternidad-Muprespa

no gestiona servicios públicos de forma indirecta.

1.3 Descripción de las principales fuentes de ingresos y en su caso tasa y precios públicos percibidos.

La principal fuente de ingresos son los procedentes de las cotizaciones de empresas y trabajadores autónomos asociados con la Mutua por la Seguridad Social que mensualmente son abonadas a la Mutua por la Tesorería General de la Seguridad Social.

Otras fuentes de ingresos son los procedentes de la rentabilidad obtenida de la gestión de la tesorería de la Mutua, y los de facturación que emite en concepto de asistencia sanitaria prestada a terceros que no están asociados con la Mutua.

1.4 Operaciones sujetas a IVA y porcentaje de prorrata.

Esta circunstancia no concurre en la Mutua.

1.5 Estructura organizativa de la entidad, señalando en su caso, las distintas subentidades contables en que se organiza la entidad, así como, la forma de coordinación existente entre los sistemas contables de aquellas con el sistema central.Enumeración de los principales responsables de la entidad, incluyendo además en el caso de las Mutuas los miembros que componen la Comisión de Control y Seguimiento y los miembros de la Comisión de Prestaciones Especiales.

La Mutua es una entidad contable dotada de personalidad jurídica y presupuesto propio que debe formular y rendir cuentas.

A los servicios centrales de la Mutua les incumbe el registro de las operaciones que se producen en el conjunto de la entidad, en consecuencia el modelo contable es centralizado.

Los principales responsables de la entidad son:

• Gerente: Carlos Aranda Martín.

• Secretario General: Rafael Torres Tercero.

• Subdirector General de Gestión: Jose Maria de Ancos Benavente.

• Subdirectora General de Organización y Red: Natalia Fernandez Laviada.

• Subdirector General de Recursos Humanos: Pedro Oya Aguilar.

• Subdirector General de Sistemas de Información: Pedro Serrera Cobos.

• Director del Centro Financiero Contable: Agustin Herrera Gonzalo.

• Director del Centro de ASESORIA Y Servicios Jurídicos: Rafael Domenech Gironi.

Al final de este apartado 1.5 adjuntamos:

• Instrucción de Organización de Fraternidad Muprespa vigente a 31 de diciembre de 2011, cuya referencia es 01/045 (01/02/2011.

• Composición de la Junta Directiva.

• Composición de la Comisión de Control y Seguimiento.

• Composición de la Comisión de Prestaciones Especiales.

1.6 Número medio de empleados durante el ejercicio y a 31 de diciembre, distinguiendo por categorías y sexos.

Esta información va incluida en la ficha S030.

1.7 Para el caso de las MATEPSS, porcentaje y valoración de la participación en aquellos entes mancomunados en los que participe.

La Mutua Fraternidad Muprespa participa en los siguientes entes Mancomunados:

Centro Intermutual de Euskadi:

% participación 32,77 % Valor de participación 2.792530,25 €.

Centro de Recuperación y Rehabilitación de Levante:

% participación 6, 13% Valor de participación 972.686.16 €.

Intermutual de Seguridad:

% participación 2,27% Valor de participación 14.437.68 €.

Comisión de Control y Seguimiento

Presidente: D. Carlos Espinosa de los Monteros y Bernaldo de Quirós.

Secretario: D. Carlos Aranda Martín.

Vocales:

D. Juan Luis Ledesma Olio, Schindler, S.A.

D. Carlos Oliete Fernández, Ferroatlantica, S.L.

D. José Núñez Blázquez, Renfe Operadora.

CC.OO.:

D. Carmelo Plaza Baonza.

D. Francisco Bernal.

D. Alberto Sánchez Hernández.

U.G.T.:

D. Miguel Prim Gorrochategui.

D. Francisco Casado Galán.

Junta Directiva

Presidente: D. Carlos...

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