Resolución de 18 de noviembre de 2013, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan diversas ayudas para la formación de profesorado universitario de los subprogramas de Formación y de Movilidad dentro del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016 en I+D+i.

MarginalBOE-A-2013-12235
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyResolución

El Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación, para el periodo 2013-2016, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros en su reunión de 1 de febrero de 2013, se inscribe dentro de ese marco de referencia que representa la Estrategia Española de Ciencia y Tecnología y de Innovación cuyo escenario a 2020, presenta los siguientes objetivos que guían todas las actuaciones de I+D+i: i) el reconocimiento y promoción del talento en la I+D+i y su empleabilidad; ii) el fomento de la investigación científico y técnica de excelencia; iii) el impulso del liderazgo empresarial en I+D+i; y iv) el fomento de las actividades de I+D+i orientadas a los retos globales de la sociedad.

Se conforma el Plan Estatal como el instrumento destinado a desarrollar y financiar las actuaciones de la Administración General del Estado en materia de I+D+i y de planificación plurianual cuyo fin es establecer los objetivos, las prioridades y la programación de las políticas a desarrollar por la Administración General del Estado en el marco de la Estrategia Española de Ciencia y Tecnología. Dicho plan tiene la consideración de plan estratégico de subvenciones a los efectos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Para el periodo 2013-2016, el Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación, contempla cuatro Programas Estatales que se despliegan en 18 Subprogramas, de carácter plurianual, que se desarrollan principalmente mediante convocatorias en régimen de concurrencia competitiva en las que se detallan las modalidades de participación y financiación. Para la consecución de los objetivos y prioridades que afectan al capital humano, la Estrategia Española de Ciencia y Tecnología e Innovación, incluye el Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad en I+D+i articula los medios para facilitar la consecución de estos objetivos a través de tres subprogramas: el Subprograma Estatal de Formación, el Subprograma Estatal de Incorporación y el Subprograma Estatal de Movilidad.

En cumplimiento de dichos objetivos, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, mediante la presente convocatoria, colabora en la ejecución de dicha estrategia de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación y que quedan sujetas a la aplicación de la Orden ECD/1619/2013, de 4 de septiembre, que establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en los ámbitos de los subprogramas de formación y movilidad del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad, del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016.

Para la consecución de dichos objetivos de formación de personal docente e investigador, se configura como esencial el sistema universitario español, corroborado por los indicadores de su participación en la formación de nuevos profesionales, la innovación, la transferencia del conocimiento y la difusión de la cultura científica y humanística. En este contexto, las universidades como responsables de las enseñanzas de doctorado, son punto de partida de la formación del capital humano que se impulsa desde diferentes sectores y mediante la colaboración en el doctorado de industrias y empresas, con el fin de que jueguen un papel sustancial en sus estrategias de innovación y futuro, tal como recoge el Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado. Los Organismos Públicos de Investigación y otras instituciones de carácter público, así como empresas, hospitales, fundaciones, etc. que forman el sistema de investigación científica y desarrollo tecnológico español, deben jugar un papel esencial en una colaboración equilibrada para la formación avanzada de investigadores y doctores.

La presente Resolución convoca cuatro categorías de ayudas para la formación de profesorado universitario: nuevas ayudas para contratos predoctorales; ayudas de movilidad para estancias breves y ayudas para el traslado temporal a un centro extranjero, dirigidas a beneficiarios activos de convocatorias anteriores; ayudas para cubrir el pago de las matrículas de los programas de doctorado; y, finalmente, las ayudas para compensar los gasto de gestión de las entidades colaboradoras en este programa que son los centros de adscripción de los beneficiarios.

La primera de las acciones tiene por objeto promover la formación en programas de doctorado de solvencia formativa e investigadora de quienes deseen orientar su actividad profesional hacia la docencia universitaria e investigación. A tal fin, la convocatoria, de conformidad con la Orden ECD/1619/2013, de 4 de septiembre, establece un sistema de valoración de méritos conjugando los del solicitante con los del director de su proceso formativo, incluido la tesis doctoral, y la del grupo docente e investigador en el que se integrará. Cobra especial relevancia en la valoración del director la capacidad de formación doctoral en la medida que la misma refuerza la consecución del doble objeto de esta acción, una la docente y otra la investigadora, ambas reforzadas por los criterios de valoración del grupo receptor.

La conjunción de un solicitante con buena preparación académica de base que afronta un proyecto de formación doctoral de calidad dentro de un grupo investigador con acreditada capacidad formativa, se orienta a asegurar la disponibilidad futura de doctores en las diferentes disciplinas académicas que permitan a los centros de investigación y a las universidades disponer de candidatos bien formados para su posible incorporación dentro de su personal docente e investigador. Con esta acción, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte refuerza y complementa las actuaciones de las universidades en materia de formación de profesorado universitario, articuladas a través de los programas de doctorado en todas las ramas del conocimiento o con carácter interdisciplinar, con el objetivo último de atraer y facilitar que los mejores candidatos puedan formarse, al más alto nivel, en programas de doctorado y orientar su futuro hacia la investigación y la docencia universitaria.

En aplicación de la Ley 14/2011, de 1 de junio las nuevas ayudas que se concedan, en concurrencia competitiva, se articularán a través de contratos predoctorales celebrados entre los beneficiarios y los centros de adscripción en los que completen su formación investigadora y docente como profesorado universitario. Tal como se indica en la Orden ECD/1619/2013, la modalidad de contratación predoctoral se corresponde con la figura de Ayudante regulada en el artículo 49 de la Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en su redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril. Esta correspondencia se ajusta a la finalidad principal del contrato predoctoral como es la formación docente e investigadora de los beneficiarios. Las ayudas previstas para cubrir las dotaciones de los contratos predoctorales, superan la retribución mínima establecida en el apartado d) del artículo 21 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, sin perjuicio de que puedan ser complementadas con cargo a las entidades contratantes, dentro de los límites establecidos en el mencionado artículo.

El procedimiento de selección de las solicitudes se llevará a cabo en dos fases. Una primera, selectiva y eliminatoria, se llevará a cabo en concurrencia competitiva atendiendo a las notas medias acreditadas por cada solicitante en los estudios universitarios de acceso al doctorado y ponderadas según criterios objetivos que recoge el anexo I de la convocatoria.

Para facilitar la presentación de solicitudes a los candidatos y reducir cargas administrativas, se simplifican los documentos acreditativos que deberán presentar los solicitantes en la primera fase, de manera que sólo aquellos que sean preseleccionados deberán completar posteriormente la documentación exigible para que se realice la evaluación en la segunda fase del procedimiento.

Las solicitudes...

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