Resolución de 22 de diciembre de 1993, de la Secretaría General para la Seguridad Social, por la que se establecen plazos especiales para el ingreso de las diferencias resultantes de la aplicación del Real Decreto 2222/1993, de 17 de diciembre, por el que se fijan para 1993 las bases normalizadas de cotización a la Seguridad Social en el Régimen Especial de la Minería del Carbón.

MarginalBOE-A-1994-73
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Trabajo y Seguridad Social
Rango de LeyResolución

El Real Decreto 2222/1993, de 17 de diciembre, aprobó las bases normalizadas de cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes en el Régimen Especial de la Seguridad Social de la Minería del Carbón para el ejercicio 1993, estableciendo en su disposición adicional que por esta Secretaría General para la Seguridad Social se fijasen plazos especiales para el ingreso de las diferencias que resultasen de la aplicación de las bases que se establecían en el Real Decreto citado, respecto de aquellas por las que se venía cotizando en el ejercicio 1993.

En su virtud, esta Secretaría General para la Seguridad Social resuelve:

Las diferencias de cotización resultantes de la aplicación de lo dispuesto en el Real Decreto 2222/1993, de 17 de diciembre, respecto de aquellas por las que se ha venido cotizando en el ejercicio 1993, podrán ser ingresadas por las Empresas en los plazos y en la forma que a continuación se expresa:

En el plazo que finalizará el día 31 de marzo de 1994, las diferencias de cotización correspondientes a los meses de enero a abril de 1993...

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