Resolución de 30 de diciembre de 2013, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto Mejora del control centralizado y telemando en la zona 4ª de explotación El Berro, término municipal de Alhama de Murcia (Murcia).

MarginalBOE-A-2014-727
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Rango de LeyResolución

El texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero (Ley de Evaluación de Impacto Ambiental), prevé que los proyectos públicos o privados consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendida en el anexo II, así como cualquier proyecto no incluido en su anexo I que pueda afectar directa o indirectamente a los espacios de la Red Natura 2000, deben ser evaluados por el órgano ambiental a los efectos de determinar con claridad las posibles afecciones y medidas correctoras aplicables al mismo, o, en su caso, el sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental regulado en la sección 1.ª del capítulo II de dicha Ley.

El proyecto Mejora del control centralizado y telemando en la zona 4.ª de explotación El Berro (Alhama de Murcia), se encuentra encuadrado dentro del artículo 3.2.b de la referida Ley de Evaluación de Impacto Ambiental: proyectos públicos o privados no incluidos en el anexo I que puedan afectar directa o indirectamente a los espacios de la Red Natura 2000.

Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:

  1. Objeto, descripción y localización del proyecto. Promotor y órgano sustantivo

    Dentro del marco del proyecto de mejora del control centralizado y telemando en la zona 4.ª de explotación de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla, localizado en las provincias de Alicante, Albacete y Murcia, se ha proyectado la instalación de la torre del nodo de comunicaciones de El Berro, pedanía de Alhama de Murcia (provincia de Murcia), para proporcionar servicios de banda ancha para la transmisión de datos en la nueva estación de control.

    El emplazamiento elegido para la instalación de la torre del nodo de comunicaciones de El Berro, se sitúa en un enclavado (zona no catalogada como espacio protegido en el interior de dicho espacio), del Parque Regional Sierra Espuña, declarado LIC y ZEPA ES0000173 Parque Regional de Sierra Espuña.

    El promotor y órgano sustantivo es la Mancomunidad de los Canales del Taibilla, del Ministerio e Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

  2. Tramitación y consultas

    Con fecha 15 de enero de 2013 se recibe en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural documento ambiental del proyecto, solicitando informe que indique el procedimiento ambiental al que ha de ser sometida la actuación. Con fecha 11 de marzo de 2013 se inicia, por parte de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, la fase de consultas previas en relación con el proyecto.

    En la tabla adjunta se han recogido los organismos consultados durante esta fase, señalando con una «X» aquellos que han emitido informe en relación con el documento ambiental:

    Relación organismos consultados Respuestas recibidas
    Ayuntamiento de Alhama de Murcia. x
    Ayuntamiento de Mula.
    Dirección General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura y Turismo de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. x
    Dirección General de Medio Ambiente de la Consejería de Presidencia de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. x
    Dirección General de Regadíos y Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura y Agua de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
    Ecologistas en Acción de Murcia.
    SEO/Birdlife.
    Subdirección General de Medio Natural del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
    WWW/Adena.
    Greenpeace.
    Ecologistas en Acción.
    Los aspectos ambientales más relevantes considerados en las respuestas a las consultas del documento ambiental del proyecto son los siguientes

    El Ayuntamiento de Alhama de Murcia sugirió que se consultara al Ayuntamiento de Mula, ya que se sitúa el proyecto en su término municipal. Por este motivo, esta Subdirección General de Evaluación Ambiental les consulta posteriormente, con fecha 16 de mayo de 2013. No obstante, no se recibe respuesta de este Ayuntamiento.

    El Servicio de Información e Integración Ambiental de la Dirección General de Medio Ambiente de la Consejería de Presidencia concluye en su informe que las actuaciones a realizar se ubican fuera de los Espacios pertenecientes a la Red Natura 2000, si bien, éstas se localizan a una distancia inferior a los 500 metros del LIC y ZEPA ES 0000173 Sierra Espuña, así como del Parque Regional Sierra Espuña. Con la aplicación de las medidas preventivas y correctoras propuestas por el promotor, la ejecución de este proyecto será compatible con la conservación de los valores medioambientales presentes en el entorno de esta actuación. No obstante, con el fin de minimizar los posibles impactos que se pudieran producir, será necesario tener en cuenta el siguiente condicionado:

    Con motivo de reducir el impacto paisajístico que sobre la zona pudiera producirse con motivo de la instalación de la torre objeto del proyecto, se realizará la mimetización de las planchas metálicas del sistema anti-escalo.

    Se deberán tener en cuenta las medidas de prevención de incendios incluidas en la Orden de 25 de enero de 2011 de la Consejería de Agricultura y Agua por la que se establecen las medidas de prevención de incendios forestales en la Región de Murcia («BORM» de 3 de febrero de 2011) o posterior.

    Con el objeto de realizar un adecuado seguimiento y control de la actuación, así como del cumplimiento de las medidas preventivas y...

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