Resolución de 27 de diciembre de 2007, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se adopta la decisión de no someter a evaluación de impacto ambiental el proyecto reconversión de los riegos con toma directa en el río Guadalquivir, tramo río Yeguas-Guadalmellato.

BOE. Boletín Oficial del Estado núm. 25, 29 de Enero de 2008III - Otras Disposiciones › Ministerio de Medio Ambiente

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Resolución de 27 de diciembre de 2007, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se adopta la decisión de no someter a evaluación de impacto ambiental el proyecto reconversión de los riegos con toma directa en el río Guadalquivir, tramo río Yeguas-Guadalmellato.

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, establece en su artículo 1.3 que los proyectos públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendida en el anexo II de dicho Real Decreto Legislativo, así como cualquier proyecto no incluido en su anexo I que pueda afectar directa o indirectamente a los espacios de la Red Ecológica Europea Natura 2000, deberán someterse a evaluación de impacto ambiental cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso, de acuerdo con los criterios del anexo III de la norma citada.

El proyecto «Reconversión de los riegos con toma directa en el río Guadalquivir, tramo: Yeguas-Guadalmellato. Términos municipales de Marmolejo, Lopera, Villar del Río, Montoro, Bujalance, Adamuz, Pedro A...

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