Resolución de 5 de octubre de 2011, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 32 del Decreto 801/1972, de 24 de marzo, relativo a la ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales.

BOE. Boletín Oficial del Estado núm. 247, 13 de Octubre de 2011I - Disposiciones Generales › Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperacion

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Resolución de 5 de octubre de 2011, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 32 del Decreto 801/1972, de 24 de marzo, relativo a la ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales.

De conformidad con lo establecido en el artículo 32 del Decreto 801/1972, de 24 de marzo sobre Ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales,

Esta Secretaría General Técnica ha dispuesto la publicación, para conocimiento general, de las comunicaciones relativas a Tratados Internacionales, en los que España es parte, recibidas en el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación entre el 1 de mayo de 2011 y el 31 de agosto de 2011.

A. POLÍTICOS Y DIPLOMÁTICOS

A.A Políticos.

A.B Derechos Humanos.

19510728200.

CONVENCIÓN SOBRE EL ESTATUTO DE LOS REFUGIADOS.

Ginebra 28 de julio de 1951 BOE: 21-10-1978.

NAURU.

ADHESIÓN: 28-06-2011.

ENTRADA EN VIGOR: 28-06-2011, con la siguiente declaración:

… La República de Nauru se considera obligada por la alternativa (b) del artículo 1B(1) es decir: «acontecimientos producidos en Europa o en cualquier otra parte antes del 1 de enero de 1951»

19540928200.

CONVENCIÓN SOBRE EL ESTATUTO DE LOS APÁTRIDAS.

Nueva York 28 de septiembre de 1954 BOE: 04-07-1997 Nº 159.

PANAMÁ.

ADHESIÓN: 02-06-2011.

ENTRADA EN VIGOR: 31-08-2011.

19670131200.

PROTOCOLO RELATIVO AL ESTATUTO DE LOS REFUGIADOS.

Nueva York 31 de enero de 1967 BOE: 21-10-1978.

NAURU.

ADHESIÓN: 28-06-2011.

ENTRADA EN VIGOR: 28-06-2011.

19661216201.

PACTO INTERNACIONAL SOBRE DERECHOS POLÍTICOS Y CIVILES.

Nueva York, 16 de diciembre de 1966. BOE: 30-04-1977 Nº 103.

TAILANDIA.

09-02-2011 Notificación de conformidad con el artículo 4(3) del Pacto:

En relación con la Nota número 56101/242 de fecha 14 de abril de 2010 informa que el Gobierno real de Tailandia levanta el estado de emergencia objeto de la notificación mencionada, de conformidad con el párrafo 3 del artículo 4 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, con efecto desde el 22 de diciembre de 2010.

GUATEMALA.

28-01-2011 Notificación de conformidad con el artículo 4(3) del Pacto:

Por Decreto Gubernamental nº 23-2010 de 17 de diciembre de 2010 se declara el estado de emergencia en el departamento de Alta Verapaz por un periodo de 30 días. El 17 de enero de 2011 por Decreto Gubernamental 01-2011 de 17 de enero de 2011 se extiende el estado de emergencia por un periodo adicional de 30 días.

El ejercicio de los derechos y libertades establecidos en los artículos 9, 12, y 21 del Pacto han sido parcialmente restringidos.

BAHREIN.

28-04-2011 Notificación de conformidad con el artículo 4(3) del Pacto:

Por Decreto gubernamental nº 18 de 2011 de 15 de marzo de 2011 el Reino de Bahrain declara el Estado de Seguridad Nacional por un periodo de 3 meses.

El ejercicio de los derechos y libertades establecidos en los artículos 9, 12, 13, 17, 19, 21 y 22 del Pacto han sido derogados.

19791218200.

CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LA MUJER.

Nueva York 18 de diciembre de 1979 BOE: 21-03-1984 Nº 69.

BAHAMAS.

25-02-2011 Retirada parcial de la reserva formulada en el momento de la Adhesión:

«El Gobierno de la Commonwealth de Bahamas no se considera obligado por lo estipulado en el artículo 2(a)del Convenio.

El Gobierno de la Commonwealth de Bahamas no se considera obligado por lo estipulado en el artículo 9(2)del Convenio.

El Gobierno de la Commonwealth de Bahamas no se considera obligado por lo estipulado en el artículo 29(1)del Convenio.»

MARRUECOS.

08-04-2011 Retirada parcial de la reserva formulada en el momento de la Adhesión:

«El Reino de Marruecos, retira sus reservas relativas a los artículos 9(2) y 16 del Convenio.»

19810128200.

CONVENIO PARA LA PROTECCIÓN DE LAS PERSONAS CON RESPECTO AL TRATAMIENTO AUTOMATIZADO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL(CONVENIO NUMERO 108 DEL CONSEJO DE EUROPA).

Estrasburgo 28 de enero de 1981 BOE: 15-11-1985.

MONTENEGRO.

1-1-2011. Declaración, con efecto el 30-07-2011:

En relación con el párrafo 2 del artículo 3 del Convenio, Montenegro despues de examinar la declaración contenida en el Instrumento de ratificación, la retira y declara:

«De conformidad con el párrafo 2 del Artículo 3 del Convenio, Montenegro aplicará el Convenio a los ficheros automatizados conteniendo datos personales que son conservados conforme al Reglamento de grabaciones judiciales y de la Seguridad del Estado.»

Nota de la Secretaría:

La Declaración contenida en el Instrumento de Ratificación depositado el 6 de septiembre de 2005,por una carta del Ministerio de Asuntos Exteriores de Montenegro, fechada el 13 de octubre de 2006, y registrada en la Secretaria el 19 de octubre de 2006, es la siguiente:

«De conformidad con el párrafo 2(a) del Artículo 3 del Convenio, La República de Montenegro declara que no aplicará el Convenio a ficheros automatizados de datos de carácter personal que se mantengan de conformidad con la normativa sobre antecedentes penales y seguridad del estado.»

19920724200.

CONVENIO CONSTITUTIVO DEL FONDO PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS DE AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE.

Madrid, 24 de julio de 1992 BOE:07-03-1995.

SAN VICENTE Y LAS GRANADINAS.

ACEPTACIÓN...

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