Resolución de 3 de febrero de 2011, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Federación Española de Remo.

BOE. Boletín Oficial del Estado núm. 41, 17 de Febrero de 2011III - Otras Disposiciones › Ministerio de la Presidencia

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Resolución de 3 de febrero de 2011, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Federación Española de Remo.

En ejercicio de las competencias conferidas por el artículo 10.2.b) de la Ley 10/1990, de 15 de octubre del Deporte, la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes, en su sesión de 30 de noviembre de 2010, han aprobado definitivamente los Estatutos de la Federación Española de Remo, y autorizado su inscripción en el Registro de Asociaciones Deportivas.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 31.7 de la Ley del Deporte y artículo 12.3 del Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre, sobre Federaciones deportivas españolas, esta Secretaría de Estado acuerda:

Disponer la publicación de los Estatutos de la Federación Española de Remo, contenidos en el anexo a la presente Resolución.

Madrid, 3 de febrero de 2011.–El Presidente del Consejo Superior de Deportes, Jaime Lissavetzky Díez.

ANEXO

Estatutos de la Federación Española de Remo

TÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1.

La Federación Española de Remo, en lo sucesivo FER, es una entidad asociativa privada con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, que se rige por la Ley 10/1990 de 15 de octubre del Deporte; por el Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre, sobre Federaciones Deportivas Españolas, por las restantes disposiciones que conforman la legislación deportiva española vigente y por los presentes Estatutos y Reglamentos que los desarrollen.

Artículo 2.

La FER está integrada por las Federaciones de ámbito autonómico, los clubes, los deportistas, los jueces-árbitros y los técnicos que promueven, practican o contribuyen al desarrollo del deporte del remo en todas sus especialidades.

Artículo 3.

La FER está afiliada a la Federation International de Societes d’Aviron (FISA), a la que representa con carácter exclusivo en el Estado Español, cumpliendo y haciendo cumplir sus Estatutos y Reglamentos.

Está así mismo, afiliada al Comité Olímpico Español (COE) y al Comité Olímpico Internacional (COI), acatando los acuerdos de los mismos.

Artículo 4.

La FER no admite ningún tipo de discriminación, por ella o por sus miembros, por razón de nacimiento, raza, sexo, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

Artículo 5.

La FER tiene su sede en Madrid y su domicilio social en la calle Ferraz, número 16, 4.º izquierda, CP 28008. Para cambiar este último, dentro del término municipal, se precisará el acuerdo de la Asamblea General.

Artículo 6.

A la Federación Española de Remo le compete el desarrollo de la moda...

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