Resolución de 15 de diciembre de 2011, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se convocan exámenes teóricos ordinarios para la obtención de titulaciones para el gobierno de embarcaciones de recreo y motos náuticas.

MarginalBOE-A-2012-1110
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Fomento
Rango de LeyResolución

De conformidad con lo establecido en la Orden FOM/3200/2007, de 26 de octubre, por la que se regulan las condiciones para la obtención de titulaciones para el gobierno de embarcaciones de recreo publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 264, y el Real Decreto 259/2002, de 8 de marzo, por el que se actualizan las medidas de seguridad en la utilización de las motos náuticas,

Esta Dirección General, en uso de las facultades que tiene conferidas, ha resuelto convocar exámenes teóricos ordinarios para la obtención de títulos de Patrón de Moto Náutica «A», Patrón de Moto Náutica «B», Patrón para Navegación Básica, Patrón de Embarcaciones de Recreo, Patrón de Yate y Capitán de Yate, con sujeción a las siguientes bases de convocatoria:

  1. Normas generales

    Los exámenes se celebrarán por aquellos Tribunales que se constituyan de conformidad con lo establecido en el artículo 12 del capítulo III, de la Orden FOM/3200/2007.

  2. Solicitudes

    Los candidatos solicitarán su admisión a examen en instancia dirigida a la Ilma. Sra. Directora General de la Marina Mercante, cumplimentado el modelo de impreso 790, código 077, que figura como anexo I a esta Resolución. Dicho impreso se facilitará en la Dirección General de la Marina Mercante, Capitanías Marítimas, Subdelegaciones del Gobierno, en la sede electrónica del Ministerio de Fomento y a través de la página Web del Ministerio de Fomento http://www.fomento.gob.es.

    Asimismo, se podrá hacer el pago telemático de la correspondiente tasa por derechos de examen a través de la página Web del Ministerio de Fomento (http://www.fomento.gob.es). Sede electrónica del Ministerio de Fomento http://www.fomento.gob.es, pago telemático de tasas.

    A la solicitud (Modelo 790), Código 077, deberán unirse los siguientes documentos, bien en el momento de formalizar la matrícula o bien el día de la realización del examen teórico:

    Reconocimiento médico, en caso de que fuera necesario, de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución de 11 de enero de 2010, de la Dirección General de la Marina Mercante, sobre la acreditación de la aptitud psicofísica para el manejo de embarcaciones de recreo. No será necesario realizar dicho reconocimiento si ha transcurrido un período menor de dos años desde la fecha de obtención o renovación de cualquier título, o desde la realización de alguno de cualquier otro examen de recreo.

  3. Cuantía de las tasas

    Las tasas por derechos de examen para las titulaciones para el gobierno de...

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