Resolución de 27 de julio de 2011, del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial, por la que se publican las cuentas anuales, correspondientes al ejercicio 2010.

MarginalBOE-A-2011-14274
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Ciencia e Innovación
Rango de LeyResolución

En aplicación de lo dispuesto en el apartado tercero de la Orden EHA/777/2005, de 21 de marzo, por la que se regula el procedimiento de obtención, formulación, aprobación y rendición de las cuentas anuales para las entidades estatales de derecho público a las que sea de aplicación la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado, se hace pública la información contenida en el resumen de las cuentas anuales correspondientes al ejercicio de 2010, del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI).

Madrid, 27 de julio de 2011.–El Secretario General de Innovación, Presidente del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial, Juan Tomás Hernani Burzaco.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

MEMORIA DEL EJERCICIO FINALIZADO EL 31.12.2010

  1. Actividad del Centro

    El Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI), Entidad Pública Empresarial (EPE) de las previstas en la letra b) del apdo.1 del art. 43 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado (LOFAGE), es un organismo público dependiente del Ministerio de Ciencia e Innovación, sito en la calle Cid n.º 4 28001 (Madrid), que constituye un instrumento fundamental para la gestión de su política de investigación, desarrollo tecnológico e innovación tecnológica.

    Hasta 1983, el CDTI estuvo constituido como Organismo Autónomo. Ese año, y con objeto de dotarle de una personalidad jurídica que le permitiera ejercer su función de manera más ágil y eficaz, fue transformado en una Sociedad Estatal de las previstas en el art. 6.1 b) del Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria. La configuración del CDTI como EPE se produjo en 1998, mediante el artículo 72 de la Ley 50/1998 que adaptó el CDTI a la LOFAGE. No obstante, la configuración del CDTI como EPE no ha implicado merma alguna en su agilidad y capacidad operativa.

    Las funciones generales del CDTI se agrupan en cuatro ejes principales de actividad: a) evaluar y financiar proyectos de investigación, desarrollo, innovación y modernización tecnológica desarrollados por empresas; b) gestionar la participación de empresas españolas en programas tecnológicos con contenido industrial de ámbito internacional; c) apoyar la transferencia de tecnología y la cooperación tecnológica entre empresas en el ámbito internacional; d) apoyar la creación y consolidación de empresas de base tecnológica.

  2. Bases de presentación de las cuentas anuales

    2.1 Imagen fiel.

    1. Las cuentas anuales del ejercicio 2010 han sido formuladas a partir de los registros contables del Centro a 31 de diciembre de 2010, y en ellas se han aplicado los principios contables y criterios de valoración recogidos en el Real Decreto 1514/2007, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad, en la Orden EHA/733/2010, por la que se aprueban aspectos contables de empresas públicas que operan en determinadas circunstancias y en el resto de disposiciones legales vigentes en materia contable, y muestran la imagen fiel de su patrimonio, de su situación financiera y de sus resultados, así como de la veracidad de los flujos incorporados en el estado de flujos de efectivo.

    2. No existen razones excepcionales por las que, para mostrar la imagen fiel, no se hayan aplicado disposiciones legales en materia contable.

    2.2 Principios contables no obligatorios aplicados.–Ingresos por intereses de proyectos: Los ingresos por intereses de créditos concedidos para la financiación de proyectos de inversión empresarial en I+D+i se reconocen contablemente en función de su fecha de devengo. No obstante, existen dos excepciones a la aplicación del principio del devengo:

  3. Intereses de proyectos calificados como de dudoso cobro. En coherencia con el principio de prudencia, los intereses de los proyectos calificados como de dudoso cobro (expedientes en actuaciones legales) se registran contablemente en el momento de su cobro.

  4. Intereses de demora de proyectos. El criterio aplicado es también el de caja, dada su dudosa cobrabilidad y la aplicación consecuente del criterio de prudencia.

    2.3 Aspectos críticos de la valoración y estimación de la incertidumbre.–El Centro ha elaborado sus estados financieros bajo el principio de empresa en funcionamiento, sin que exista ningún tipo de riesgo importante que pueda suponer cambios significativos en el valor de los activos o pasivos en el ejercicio siguiente.

    En las cuentas anuales adjuntas se han utilizado ocasionalmente estimaciones para cuantificar algunos de los activos, pasivos, ingresos, gastos y compromisos que figuran registrados en ella. Básicamente, estas estimaciones se refieren a:

    Vida útil de los activos materiales e intangibles (Notas 5 y 6).

    Las estimaciones realizadas para la determinación de los compromisos de pagos futuros (Nota 11).

    La probabilidad de ocurrencia y el importe de los pasivos indeterminados o contingentes (Nota 17).

    2.4 Comparación de la información.–De acuerdo con la legislación vigente, a efectos comparativos, el CDTI presenta con cada una de las partidas del balance, de la cuenta de pérdidas y ganancias, de la memoria, del estado de cambio en el patrimonio neto y del estado de flujos de efectivo, además de las cifras del ejercicio 2010, las correspondientes al ejercicio anterior. Las partidas de ambos ejercicios son comparables y homogéneas.

  5. Aplicación de resultados

    El Reglamento del CDTI, aprobado por el Real Decreto 1406/86 de 6 de Junio, establece en el art. 20 del capítulo IV Régimen económico-financiero que «Los beneficios que arroje anualmente la cuenta de Pérdidas y Ganancias de la Entidad se aplicarán a la financiación de inversiones». Por tanto, cuando éstos se produzcan, su importe será aplicado a incrementar los fondos propios del Centro mediante el traspaso de su saldo a la cuenta «Remanente».

    Cuando el saldo de la cuenta de Pérdidas y Ganancias registre Pérdidas, su importe se compensará con la partida específica «Aportación de socios para compensación de pérdidas».

  6. Normas de registro y valoración

    Las principales normas de valoración aplicadas por el Centro en la elaboración de las Cuentas Anuales adjuntas, han sido las siguientes:

    4.1 Inmovilizado intangible: El inmovilizado intangible se valora inicialmente por su precio de adquisición (incluido el IVA soportado).

    Después del reconocimiento inicial, el inmovilizado intangible se valora por su precio de adquisición menos la amortización acumulada y, en su caso, el importe acumulado de las correcciones por deterioro registradas.

    Para cada inmovilizado intangible se analiza y determina si la vida útil es definida o indefinida.

    Los activos intangibles del Centro tienen vida útil definida y por ello se amortizan sistemáticamente siguiendo el método lineal en función de la vida útil estimada de los mismos y sin considerar valor residual alguno. Las partidas amortizadas y su porcentaje de amortización anual son las siguientes:

    Elementos Porcentaje
    Aplicaciones informáticas. 20
    Los métodos y periodos de amortización aplicados son revisados en cada cierre de ejercicio y, si procede, ajustados de forma prospectiva

    Al menos al cierre del ejercicio, se evalúa la existencia de indicios de deterioro, en cuyo caso se estiman los importes recuperables, efectuándose las correcciones valorativas que procedan. El Centro reconoce contablemente cualquier pérdida que haya podido producirse en el valor registrado de estos activos con origen en su deterioro, utilizándose como contrapartida el epígrafe «Pérdidas por deterioro» de la cuenta de pérdidas y ganancias.

    4.2 Inmovilizado material: El inmovilizado material se valora inicialmente por su precio de adquisición (incluido el IVA soportado).

    El Centro incluye en el coste del inmovilizado material, que necesita un periodo de tiempo superior a un año para estar en condiciones de uso, explotación o venta, los gastos financieros relacionados con la financiación específica o genérica directamente atribuible a la adquisición del inmovilizado.

    Formará parte, en su caso, del valor del inmovilizado material, la estimación inicial del valor actual de las obligaciones asumidas derivadas del desmantelamiento o retiro y otras asociadas al activo, tales como costes de rehabilitación, cuando estas obligaciones den lugar al registro de provisiones.

    El Centro no tiene compromisos de desmantelamiento, retiro o rehabilitación para sus bienes de activo. Por ello, no se han contabilizado en los activos valores para la cobertura de tales obligaciones de futuro.

    Después del reconocimiento inicial, el inmovilizado material se valora por su precio de adquisición menos la amortización acumulada y, en su caso, el importe acumulado de las correcciones por deterioro registradas.

    Desde el momento en el que están disponibles para su puesta en funcionamiento, se amortizan los elementos del inmovilizado material, teniendo en cuenta su vida útil estimada (se considera un valor residual nulo). La amortización se realiza de forma lineal sobre dicha vida útil, en función de los siguientes porcentajes:

    Elementos Porcentaje
    Edificios y otras construcciones 2
    Otras Instalaciones 8
    Elementos de transporte 16
    Mobiliario y enseres 10
    Equipos para procesos información 25
    Al menos al cierre del ejercicio se evalúa la existencia de indicios de deterioro, en cuyo caso se estiman los importes recuperables, efectuándose las correcciones valorativas que procedan. El Centro reconoce contablemente cualquier pérdida que haya podido producirse en el valor registrado de estos activos con origen en su deterioro, utilizándose como contrapartida el epígrafe «Pérdidas por deterioro» de la cuenta de pérdidas y ganancias

    4.3 Arrendamientos: En los contratos de arrendamiento operativo en los que el Centro actúa como arrendatario, los gastos del arrendamiento se cargan a la cuenta de pérdidas y ganancias en función de los acuerdos y de la vida...

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