Resolución de 3 de diciembre de 2015, del Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica la de 3 de enero de 2011, por la que se aprueba el modelo 145, de comunicación de datos del perceptor de rentas del trabajo a su pagador o de la variación de los datos previamente comunicados.
Fecha de Entrada en Vigor | 17 de Diciembre de 2015 |
Marginal | BOE-A-2015-13690 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Rango de Ley | Resolución |
El apartado 2 del artículo 18 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, en la redacción dada a dicho precepto por la Ley 26/2014, de 27 de noviembre, por la que se modifican la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo, y otras normas tributarias, establece una reducción del 30 por ciento en el caso de rendimientos íntegros distintos de los previstos en el artículo 17.2.a) de la Ley que tengan un período de generación superior a dos años, así como aquellos que se califiquen reglamentariamente como obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo, cuando, en ambos casos, se imputen en un único período impositivo.
Dicho precepto establece, sin embargo, una excepción a la aplicación de la reducción anterior respecto de aquellos rendimientos que tengan un período de generación superior a dos años cuando, en el plazo de los cinco períodos impositivos anteriores a aquél en que resulten exigibles, el contribuyente hubiera obtenidos otros rendimientos con período de generación superior a dos años, a los que hubiera aplicado la reducción prevista en este apartado.
Por otra parte, el apartado Veinticinco del artículo primero del Real Decreto 633/2015, de 10 de julio, por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, y el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobado por el Real Decreto 1776/2004, de 30 de julio, modifica (con efectos para los periodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2015) la letra a) del apartado 3 del artículo 83 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta, artículo en el cual se delimita la base para calcular el tipo de retención a practicar sobre los rendimientos del...
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