RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2003, de la Secretaría General de Medio Ambiente, por la que se formula declaración de impacto ambiental sobre el proyecto 'ampliación y mejora de los sistemas de saneamiento, depuración y reutilización de la estación de depuración de aguas residuales Gran Tarajal' de la Dirección General de Obras Hidráulicas y Calidad de las Aguas.

MarginalBOE-A-2004-1890
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Medio Ambiente
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2003, de la SecretarÃa General de Medio Ambiente, por la que se formula declaración de impacto ambiental sobre el proyecto 'ampliación y mejora de los sistemas de saneamiento, depuración y reutilización de la estación de depuración de aguas residuales Gran Tarajal' de la Dirección General de Obras Hidráulicas y Calidad de las Aguas.

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, de evaluación de impacto ambiental, y su Reglamento de ejecución aprobado por Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, establecen la obligación de formular Declaración de Impacto Ambiental, con carácter previo a la resolución administrativa que se adopte para la realizacióno, en su caso, autorización de la obra, instalación o actividad de las comprendidas en los anexos a las citadas disposiciones.

De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 695/2000, de 12 de mayo, y en el Real Decreto 1415/2000, de 21 de julio,modificado por el Real Decreto 376/2001, de 6 de abril, por los que se establece la estructura orgánica básica y la atribución de competencias del Ministerio de Medio Ambiente, corresponde a la SecretarÃa General de Medio Ambiente la realización de las Declaraciones de Impacto Ambiental de competencia estatal, reguladas por la legislación vigente.

La Dirección General de Obras Hidráulicas y Calidad de las Aguas remitió, con fecha 26 de diciembre de 2002, a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la Memoria-resumen del proyecto 'ampliación y mejora de los sistemas de saneamiento, depuración y reutilización de la Estación de Depuración de Aguas Residuales Gran Tarajal' con objeto de iniciar el procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Recibida la referida Memoria-resumen, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, estableció a continuación un perÃodo de consultas a personas, instituciones y Administraciones sobre el impacto ambiental del proyecto.

En virtud del artÃculo 14 del Reglamento, con fecha 3 de abril de 2003, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental dio traslado a la Dirección General de Obras Hidráulicas y Calidad de las Aguas de las respuestas recibidas. La relación deconsultados y un resumen de las respuestas se recogen en el Anexo I.

El proyecto y estudio de impacto ambiental fueron sometidos al trámite de información pública, mediante anuncios publicados en el BoletÃn Oficial del Estado, de fecha 10 de julio de 2003, exposición en el Ayuntamiento de Tuineje y en el Cabildo Insular de Fuerteventura, en virtud de lo establecido en el artÃculo 15 del Reglamento, sin que se haya presentado alegación alguna.

Posteriormente al mencionado trámite y conforme alartÃculo 16 del Reglamento, la Subdirección General de Tratamiento y Control de la Calidad de las Aguas remitió, con fecha 23 de mayo de 2003, a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental el expediente de la actuación consistente en el proyecto, estudio de impacto ambiental y el contenido de la información pública.

El Anexo II contiene los datos esenciales del proyecto.

Los aspectos más destacados del estudio de impacto ambiental se recogen en el Anexo III.

En consecuencia, la SecretarÃa General de Medio Ambiente, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de de 8 de mayo, y por los artÃculos 4.1, 16.1 y 18 de su Reglamento de ejecución, aprobado por el Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, a la vista del informe emitido por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de este Ministerio de fecha 19 de diciembre de 2003, formula, únicamente a los efectos ambientales, la siguiente Declaración de Impacto Ambiental sobre el Proyecto ampliación y mejora de los sistemas de saneamiento, depuración y reutilización de la Estación de Depuración de Aguas Residuales Gran Tarajal.Declaración de impacto ambiental

Examinado el expediente del procedimiento de evaluación de impacto ambiental y las zonas afectadas se considera que el proyecto 'ampliación y mejora de los sistemas de saneamiento, depuración y reutilización de la Estación de Depuración de Aguas Residuales de Gran Tarajal se concluye que, previsiblemente, la actuación no va a producir impactos ambientales significativos negativos porque, según señala el Estudio de Impacto Ambiental (EsIA), al LIC ES7010035, 'Playas de Sotavento de JandÃa' y a las parcelas del prioritario Periploco laevigatae-Phoenicetum canariensis, y de Atriplici ifniensis-Tamaricetum canariensis. Por otra parte, el efecto global de la actuación será positivo debido a que resuelve la insuficiente depuración de aguas residuales de la zona, impide el vertido sistemático de agua sin depurar al medio marino, tratará los fangos procedentes de las fosas sépticas existentes y, debido a la reutilización del efluente depurado, se optimizará la utilización del agua para usos agrÃcolas y urbanos y se evitará la sobreexplotación y contaminación de los acuÃferos afectados.

En consecuencia, se considera que el proyecto 'ampliación y mejora de los sistemas de saneamiento, depuración y reutilización de la estación de Depuración de Aguas Residuales de Gran Tarajal' es compatible con el medio ambiente siempre que en la ejecución de las obras y en la explotación de la Estación Depuradora de Aguas Residuales se observen las medidas protectoras, correctoras definidas en el estudio de impacto ambiental. Asà mismo, con anterioridad al inicio de las obras, se remitirá a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente, para su aprobación, un Programa deVigilancia Ambiental, que complementando al incluido en el Estudio de Impacto Ambiental unifique el Plan de Explotación y Mantenimiento de la EDAR y el Programa especÃfico para la vida operativa de la EDAR. Dicho Programa contemplará en especial, como asà se indica en el Estudio de Impacto Ambiental, la gestión de lodos y productos derivados del mantenimiento y de la limpieza de los filtros y membranas, el buen funcionamiento de los sistemas de desodorización utilizados, la puesta en práctica de los criterios mÃnimos para la utilización del efluente de la EDAR establecidos en el Anexo IV, el Plan de Seguridad y Salud y el Plan de Control y Seguimiento de la Calidad del Agua del Vertido de forma que, en su caso, se cumplan los parámetros decalidad establecidos en el Real Decreto 509/ 1996 modificado por el Real Decreto 2116/1998 y en la Decisión 2455/2001/CE del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se aprueba la lista de sustancias prioritarias en el ámbito de la polÃtica de aguas, por la que se modifica la Directiva 2000/60/CE. El mencionado Programa de Vigilancia Ambiental se deberá redactar teniendo en consideración, para cada uno de los factores ambientales objeto de vigilancia los siguientes criterios: 1) Los indicadores utilizados y su definición. (Los indicadores deberán ser representativos del factor ambiental que controlan). 2) La metodologÃa y los medios propuestos para su obtención y análisis, incluyendo la frecuencia de los controles, inspecciones y ensayos que deben verificarse y su localización cuando proceda. 3) Los objetivos ambientales, criterios de aceptación o umbrales admisibles que deben satisfacerse para cada uno de los indicadores, en términos absolutos o relativos y su justificación. 4) Las actuaciones a realizar cuando los indicadores no satisfagan los criterios de aceptación o umbrales admisibles.

El Programa de Vigilancia deberá: 1) Detallar los contenidos, frecuencia en la presentación de informes y responsabilidades de su elaboración y aprobación, pudiendo sistematizar el proceso mediante la elaboración de un diario ambiental. 2) Contemplar la evolución y la eficacia de las medidas correctoras, protectoras y compensatorias asà como la valoración de los impactos residuales. 3) Contemplar el proceso de revisión y actualización periódica del mismo en función de la aparición de impactos no previstos, la evolución de la tecnologÃa y la evolución legislativa y reglamentaria.

Todos los datos y conceptos relacionados con la ejecución de medidas correctoras, contempladas en el estudio de impacto ambiental y en estas Condiciones, figurarán justificadas técnicamente en la Memoria y Anejos correspondiente del Proyecto de Construcción, estableciendo su diseño, ubicación y dimensiones en el documento de Planos del Proyecto de Construcción, sus exigencias técnicas y programa de conservación y mantenimiento de las actuaciones en el documento Pliego de Prescripciones Técnicas del Proyecto de Licitación y su definición económica en el documento de Presupuesto del Proyecto.

Madrid, 19 de diciembre de 2003.--El Secretario general, Juan MarÃa del Álamo Jiménez.

ANEXO I

Consultas sobre el impacto ambiental del proyecto

Relación de consultados Respuestas recibidas

Dirección General de Conservación de la Naturaleza del Ministerio de Medio Ambiente . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . X Dirección General de Costas del Ministerio de Medio Ambiente X ConsejerÃa de PolÃtica Territorial y Medio Ambiente del Gobierno Canario . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . X ConsejerÃa de Obras Públicas, Vivienda y Aguas del Gobierno Canario . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . X ConsejerÃa de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno Canario. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . X Instituto...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR