Real Decreto 1797/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Fondo para la Internacionalización de la Empresa.

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Real Decreto 1797/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Fondo para la Internacionalización de la Empresa.

La Ley 11/2010, de 28 de junio, de reforma del sistema de apoyo financiero a la internacionalización de la empresa española, ha permitido la adaptación de los instrumentos de apoyo financiero oficial a la internacionalización en línea con los nuevos retos y necesidades de las empresas españolas en un marco de mayor competencia en el comercio internacional. La creación mediante la citada ley del Fondo para la Internacionalización de la Empresa (en adelante FIEM) ha dado respuesta a las exigencias derivadas de la aprobación de la Ley 38/2006, de 7 de diciembre, reguladora de la gestión de la deuda externa, que dio pie a una profunda reforma del Fondo de Ayuda al Desarrollo.

El FIEM se nutrirá con las dotaciones que se consignen en las leyes de Presupuestos Generales del Estado, a través del presupuesto del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. A dicha dotación habrán de sumarse los recursos procedentes de los reembolsos o cesiones onerosas de préstamos y créditos concedidos, así como aquellos flujos económicos procedentes de las comisiones e intereses devengados y cobrados por la realización de dichos activos financieros. La dotación presupuestaria, establecida en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, será desembolsada y transferida al Instituto de Crédito Oficial (ICO), agente financiero del Estado.

Este instrumento responde a las nuevas necesidades que, en materia de apoyo financiero oficial a la internacionalización, se han detectado a raíz de la reciente crisis económica y financiera, que ha hecho evidente la necesidad de reforzar y flexibilizar el apoyo oficial a las operaciones de internacionalización de la empresa española.

Así, el objeto del FIEM es promover las operaciones de exportación de bienes y servicios de las empresas españolas, así como la inversión directa española en el exterior, de manera que el FIEM tiene como objetivo fomentar la internacionalización de las empresas españolas otorgando para sus proyectos unas condiciones de financiación capaces de mejorar la competitividad de su oferta.

La referida ley contempla las principales líneas reguladoras del nuevo instrumento para la internacionalización de la economía española, objetivo al que las empresas en general y, particularmente, las pequeñas y medianas empresas pueden contribuir de manera relevante. Por ello, es conveniente que el desarrollo reglamentario sistematice y concrete las condiciones objeto de desarrollo previstas en la Ley 11/2010, de 28 de junio. A tales efectos, la disposición final segunda de la Ley 11/2010, de 28 de junio, autoriza al Gobierno para aprobar el desarrollo reglamentario del FIEM con el fin de completar la regulación del Fondo en aspectos tales como las combinaciones de otorgamiento del FIEM junto a otras actuaciones de carácter financiero o como las estipulaciones relativas a la gestión, incluidas las condiciones financieras de los créditos, la financiación de los gastos locales, la participación de material extranjero o la financiación de comisiones comerciales, así como cualquier otra circunstancia a tener en cuenta en las operaciones con cargo al FIEM.

El reglamento que se aprueba mediante el presente real decreto se compone de treinta artículos estructurados en cinco capítulos.

El capítulo I contiene las disposiciones generales del reglamento, que son las relativas al objeto y naturaleza del FIEM y asimismo a los principios aplicables al instrumento.

El capítulo II recoge las actuaciones objetivo del FIEM, espec...

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