Resolución de 5 de febrero de 2007, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el II Convenio Colectivo de Empleados de Notarías del Colegio de Madrid.

BOE. Boletín Oficial del Estado núm. 047, 23 de Febrero de 2007III - Otras Disposiciones › Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

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Resolución de 5 de febrero de 2007, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el II Convenio Colectivo de Empleados de Notarías del Colegio de Madrid.

Visto el texto del II Convenio Colectivo de Empleados de Notarías del Colegio de Madrid (provincias de Ávila, Guadalajara, Madrid, Segovia y Toledo) -Código de Convenio número 9901755-, que fue suscrito, con fecha 4 de diciembre de 2006, de una parte, por la Asociación Patronal Matritense de Notarios, en representación de las empresas afectadas, y de otra por las organizaciones sindicales APEN, CC.OO. y UGT, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción del citado Convenio Colectivo en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.-Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 5 de febrero de 2007.-El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.

II CONVENIO COLECTIVO MATRITENSE DE NOTARIOS Y EMPLEADOS

Título I

Disposiciones generales

Artículo 1. Objeto y ámbito personal.

El presente Convenio Colectivo regula las relaciones de trabajo entre los Notarios pertenecientes al Colegio Notarial de Madrid y sus empleados, sin perjuicio de las normas estatales que le sean de aplicación.

No obstante, subsistirán y se respetarán las condiciones laborales más beneficiosas, tanto las de carácter económico como las de cualquier otra naturaleza, y los derechos adquiridos que cualquier empleado viniera disfrutando individualmente a la entrada en vigor de este Convenio.

Artículo 2. Ámbito territorial.

Las normas del presente Convenio serán de aplicación en todo el territorio del Ilustre Colegio Notarial de Madrid, que comprende las provincias de Ávila, Guadalajara, Madrid, Segovia y Toledo.

Artículo 3. Vigencia, duración, y denuncia.

El presente Convenio Colectivo entrará en vigor a partir del día siguiente de la fecha de su publicación en el «BOE», siendo su duración hasta el 31 de diciembre de 2008.

Este Convenio se considerará prorrogado tácitamente por períodos anuales sucesivos, a no ser que por cualquiera de las ...

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