Reforma del Reglamento del Senado por la que se modifica el artículo 49.2.

MarginalBOE-A-2017-2776
SecciónI - Disposiciones Generales
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En España, cerca del 10 por ciento de la población española sufre aun algún tipo de discapacidad. Una cantidad de ciudadanos significativa que tiene igual derecho a desarrollar su proyecto de vida en unas condiciones de igualdad y dignidad equiparables al resto de ciudadanos. La alta variabilidad en las necesidades de estos ciudadanos hace preciso que exista un foro concreto que analice, debata y resuelva sus principales demandas.

Es necesario, pues, priorizar las políticas integrales de discapacidad a la hora de conseguir que las personas con diversidad funcional estén totalmente incluidas en la sociedad: protección social, promoción en el empleo y formación, adaptación en los ámbitos educativos, sanitarios y sociales. Su grado de protección y garantías a los derechos sociales, económicos y culturales de las personas con diversidad funcional y/o discapacidad debe ser pleno.

Las personas con discapacidad/diversidad funcional deben tener voz en el Senado y por este motivo es necesaria la creación de una Comisión Legislativa de Políticas Integrales de la Discapacidad.

A continuación se detallan algunas funciones de la Comisión de Políticas Integrales de la Discapacidad.

  1. Impulsar el desarrollo de la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas el 13 de diciembre de 2006 en su sede de Nueva York, firmada por España el 30 de marzo de 2007 y ratificada el 23 de noviembre de 2007, entrando en vigor en España el 3 de mayo de 2008. Considerando que tras su publicación forma parte de nuestro ordenamiento jurídico, siendo un referente de interpretación de los derechos fundamentales de las personas con discapacidad/diversidad funcional. Por tanto, estando ante un tratado internacional que es directamente invocable y aplicable en todos los niveles territoriales, trabajar para dar máximo grado de protección y garantías a los derechos sociales, económicos y culturales de las personas con diversidad funcional/discapacidad.

  2. Sentar las bases para impulsar, promover, proteger y asegurar en condiciones de igualdad los derechos fundamentales de las personas con diversidad funcional/discapacidad, tomando en consideración: la igualdad y no discriminación, las mujeres con diversidad funcional/discapacidad, los niños y niñas con diversidad funcional/discapacidad, la accesibilidad...

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