Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de Reforma de La Ley 7/1983, de 22 de junio, de régimen de las fundaciones de interés Gallego.

Abogados Civil

Extracto


Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de Reforma de La Ley 7/1983, de 22 de junio, de régimen de las fundaciones de interés Gallego.

El estatuto de autonomía de Galicia señala en su artículo 27.26 la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma sobre las fundaciones de interés Gallego. En consecuencia, y de conformidad con la potestad legislativa reconocida en el artículo 37 del estatuto de autonomía de Galicia, se dictó La Ley 7/1983, de 22 de junio, de régimen de las fundaciones de interés Gallego. Entre los criterios seguidos para determinar el ámbito de Aplicación de está ley, en su artículo 1 se observa una contradicción, ya que en el primer párrafo se recoge el criterio funcional y en el tercero el criterio de domicilio, lo que puede dar lugar a dudas a la hora de aplicar...

Ver el contenido completo de este documento

Enlaces patrocinados




ver las páginas en versión mobile | web

ver las páginas en versión mobile | web

© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.

Contenidos en vLex España

Explora vLex

Para Profesionales

Para Socios

Compañía