Recurso de inconstitucionalidad nº 6972-2015, contra determinados apartados del artículo único y disposición adicional primera de la Ley Foral 15/2015, de 10 de abril, por la que se modifica la Ley Foral 8/2007, de 23 de marzo, de las Policías de Navarra.
Marginal | BOE-A-2016-4389 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Rango de Ley | Recurso de inconstitucionalidad |
El Pleno del Tribunal Constitucional, por Auto de 26 de abril actual en el recurso de inconstitucionalidad núm. 6972-2015, promovido por el Abogado del Estado, en representación del Presidente del Gobierno, ha acordado:
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Mantener la suspensión de los siguientes apartados del artículo único de la Ley Foral 15/2015, de 10 de abril, por la que se modifica la Ley Foral 8/2007, de 23 de marzo, de las Policías de Navarra: Tres (por cuanto respecta a los apartados 1 y 2 del nuevo artículo 5 ter incluido en la Ley Foral 8/2007); Veinte (por cuanto modifica el artículo 34.1 de la Ley Foral 8/2007 en lo que respecta a la aplicación a los Cuerpos de Policía Local de su inciso final «o que cuenten con más de cinco años de antigüedad en dicho empleo, aunque carezcan de titulación»); y Veintiuno (por cuanto modifica el artículo 35.1 de la Ley Foral 8/2007 en lo que respecta a la aplicación a los Cuerpos de Policía Local de su inciso final «o que cuenten con más de cinco años de antigüedad en dicho empleo, aunque carezcan de titulación»); así como de la disposición adicional primera de la citada Ley Foral 15/2015, de 10 de abril.
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Levantar la suspensión del apartado Treinta y cuatro del artículo único de la Ley Foral 15/2015, de 10 de abril, por la que se modifica la Ley Foral 8/2007, de 23 de marzo, de las Policías de Navarra...
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