Resolución de 13 de abril de 2011, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se convocan ayudas para la realización de las diversas modalidades que conforman el Programa de Cooperación Interuniversitaria e Investigación Científica.

MarginalBOE-A-2011-7732
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores y de Cooperacion
Rango de LeyResolución

Según lo previsto en la Orden AEC/1098/2005, de 11 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, becas y ayudas de formación, investigación, intercambio, promoción, y de viajes y estancia de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI) (B.O.E número 99, del 26), y de conformidad con el procedimiento establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, (B.O.E número 276, del 18) (Capítulo II del Título I), en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, Reglamento de la Ley General de Subvenciones, (B.O.E. número 176, del 25) (Título I), y los principios de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. número 285, del 27) procede efectuar la correspondiente convocatoria y la determinación de los proyectos o actividades que podrán ser objeto de financiación, sus requisitos y prioridades, así como los créditos presupuestarios a los que deben imputarse las correspondientes subvenciones.

En atención a lo expuesto, previo informe de la Abogacía del Estado en la AECID, he tenido a bien disponer:

Primera. Objeto y finalidad.

  1. Las actividades de cooperación universitaria y científica entre España y los países Iberoamericanos (Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Costa Rica, Colombia, Cuba, Ecuador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, El Salvador, Uruguay, Venezuela, Haití), de África Subsahariana (Angola, Cabo Verde, Etiopía, Malí, Mozambique, Níger y Senegal), del Mediterráneo (Argelia, Egipto, Jordania, Marruecos y Túnez) y Asia (Filipinas), en el marco de este Programa, tienen como objetivo contribuir al fortalecimiento de los centros de educación superior y de investigación de esos países socios a través de actividades conjuntas y de transferencia de conocimientos y tecnología que permitan crear o mejorar capacidades institucionales.

  2. Las acciones objeto de subvención estarán diseñadas siguiendo las directrices de las Declaraciones de París y de Accra y reflejarán los principios de Apropiación, Alineamiento, Armonización, Gestión basada en resultados y mutua responsabilidad.

  3. Dichas acciones deberán, por tanto, vincular su contribución en materia de fortalecimiento de las instituciones académicas y científicas a alguna de las prioridades establecidas por esas mismas instituciones o por los organismos competentes del país socio. Al mismo tiempo, en los proyectos presentados se valorará positivamente la inclusión de aspectos trasversales -las prioridades horizontales- de importancia para la cooperación española como son la inclusión social y lucha contra la pobreza, promoción de los derechos humanos y la gobernabilidad democrática, género en desarrollo, sostenibilidad ambiental y respeto a la diversidad cultural. Además deberán enmarcarse en áreas temáticas prioritarias para la cooperación española (Anexo III).

  4. Las acciones deberán implicar un compromiso firme y demostrable por parte de las Universidades y Organismos españoles (Anexo I) y de los países socios (Anexo II).

  5. En la presente Convocatoria se mantiene el sistema de evaluación de proyectos que valorará las acciones propuestas en base a su adecuación a los criterios de calidad y eficacia de la ayuda (ver Base Octava) y a su contribución al desarrollo según las prioridades de los centros participantes en cada país socio, todo ello con el objetivo de promover la relevancia de la cooperación científica y universitaria dentro del marco del sistema español de la cooperación para el desarrollo.

  6. En la presente convocatoria serán objeto de subvención:

    6.1 Las renovaciones de Acciones Integradas para el Fortalecimiento Científico e Institucional. Hasta esta convocatoria denominadas «Modalidad D» y que a partir de ahora serán las Acciones Integradas para el Fortalecimiento Científico e Institucional (A1).

    6.2 Las Acciones Preparatorias (AP) encaminadas a crear una Acción Integrada de Fortalecimiento Institucional en la próxima convocatoria.

    6.3 Las Acciones Integradas para el Fortalecimiento Científico e Institucional (A1) dirigidas a cooperar con un centro coordinador del país socio perteneciente a los países de «asociación amplia» (Grupo A) y «focalizada» (Grupo B) según el Plan Director vigente. Es decir: Bolivia, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Haití, Honduras, Nicaragua, Paraguay, Perú, República Dominicana y Colombia en Iberoamérica; Cabo Verde, Etiopía, Malí, Mozambique, Níger, Senegal y Angola para África Subsahariana; Filipinas en Asia.

    Dadas las especiales condiciones que afectan a los países del área mediterránea, incluidos en esta convocatoria, participarán todos ellos en esta modalidad: Argelia, Egipto, Jordania, Marruecos y Túnez.

    6.4 Las Acciones Integradas para el Fortalecimiento Científico e Institucional en triangulación interna (A2) dirigidas a los países de «asociación para la consolidación de logros de desarrollo» (Grupo C según el Plan Director vigente). Es decir: Argentina, Brasil, Costa Rica, Cuba, México, Panamá, Uruguay, Venezuela y Chile (este último no aparece en el Plan Director pero forma parte del Programa) en Iberoamérica.

    6.5 Las Acciones Integradas para el Fortalecimiento Científico e Institucional en triangulación externa (A3) diseñadas para que centros españoles, en asociación con otros de países del Grupo C y Chile, intervengan en instituciones de países de Grupo A o Grupo B incluidos en la convocatoria.

    Segunda. Dotación e imputación presupuestaria.-Las ayudas objeto de esta convocatoria serán abonadas con cargo a las aplicaciones presupuestarias, del ejercicio 2011, con unos importes de 16.500.000 euros para 12.401.143A 486.07 para gastos corrientes (Capítulo 4), y de 8.000.000 euros para 12.401.143A 786.08 para gastos para material inventariable (Capítulo 7), estando su concesión condicionada a la existencia de crédito presupuestario adecuado y suficiente.

    Tercera. Beneficiarios.-Podrán ser beneficiarios de las ayudas objeto de esta convocatoria las Universidades, públicas y privadas, Organismos Públicos de Investigación (OPIs), Fundaciones públicas o privadas sin ánimo de lucro y otras entidades públicas de investigación y/o docencia, españoles, iberoamericanos, mediterráneos, de África Subsahariana y Asia relacionados en el anexo I y II de la presente convocatoria, que cumplan con los siguientes requisitos:

    1. Estar legalmente constituidos y tener personalidad jurídica propia.

    2. Disponer de los medios y la capacidad suficientes para realizar las actividades y garantizar el cumplimiento de los objetivos previstos en dichas actividades.

    3. Que entre sus fines legales o estatutarios conste la investigación y/o la docencia de postgrado de forma acreditada.

    4. No encontrarse incurso en alguna de las prohibiciones señaladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (B.O.E. del 18).

    5. Hallarse, en su caso, al corriente en el cumplimiento de las obligaciones de las subvenciones recibidas con anterioridad de la AECID.

      Las entidades beneficiarias, a través del Vicerrectorado u Oficina equivalente de Relaciones Internacionales o de Cooperación del centro coordinador español correspondiente, asumirán la responsabilidad de las solicitudes, presentadas de acuerdo con lo establecido en la Base Cuarta, y percibirán las ayudas relativas a los gastos corrientes e inventariables. Igualmente, se encargarán del cumplimiento de las restantes obligaciones que la Ley General de Subvenciones impone a los beneficiarios de ayudas y subvenciones. Las ayudas correspondientes a los gastos inventariables serán transferidas al centro coordinador español aunque sólo podrán dedicarse a la compra de materiales inventariables destinados al centro coordinador del país socio.

      Cuarta. Modalidades.-Las modalidades de esta convocatoria son las siguientes:

      AP. Acciones Preparatorias.

      A1. Acciones Integradas para el Fortalecimiento Científico e Institucional dirigidas a cooperar con un centro coordinador del país socio perteneciente a los países de «asociación amplia» (Grupo A) y «focalizada» (Grupo B) según el Plan Director vigente. Irán incluidas en este apartado las renovaciones de Acciones Integradas procedentes de anteriores convocatorias.

      A2. Integradas para el Fortalecimiento Científico e Institucional en triangulación interna, dirigidas a los países de «asociación para la consolidación de logros de desarrollo» (Grupo C según el Plan Director vigente) y Chile.

      A3. Acciones Integradas para el Fortalecimiento Científico e Institucional en triangulación externa, dirigidas para que centros españoles, en asociación con otros de países del Grupo C y Chile, intervengan en instituciones de países de Grupo A o Grupo B incluidos en la convocatoria.

      Las ayudas objeto de esta convocatoria serán destinadas a financiar las actividades que se articulen entre equipos conjuntos de profesores universitarios e investigadores (titulados superiores) y/o Personal de Administración y Servicios, que deberán pertenecer a los centros participantes, durante el período de realización de las mismas.

      Las solicitudes tendrán que realizarse dentro de una misma área geográfica (Iberoamérica, Mediterráneo, África Subsahariana y Asia).

      Las Acciones AP, A1, A2 y A3 podrán implicar a tres o más centros, tanto españoles como de los países socios, pero siempre deberá constar un único centro como coordinador español y un único centro coordinador en un país socio que será en el que se desarrolle la Acción.

      La participación de varios países y/o de diferentes centros deberá justificarse en la solicitud y se destacará la ventaja competitiva que eso pueda suponer para el proyecto.

      Es necesario señalar que las Acciones, procedentes de la convocatoria anterior, que vayan a ser renovadas, no podrán incluir nuevos centros o países sino que permanecerán tal como fueron formulados. Cuando uno de los centros, excluidos los...

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