Real Decreto 1268/1980, de 19 de Mayo, por el que se modifica el anexo del Real decreto 1050/1979, de 4 de abril.

Fecha de Entrada en Vigor 2 de Julio de 1980
MarginalBOE-A-1980-14117
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Universidades e Investigación
Rango de LeyReal Decreto

El Real Decreto mil cincuenta/mil novecientos setenta y nueve, de cuatro de abril, recoge en su anexo las disciplinas a que pueden concursar los catedraticos numerarios de Escuelas Universitarias que reunan los requisitos que se determinan. En el tiempo transcurrido se ha visto la necesidad de ampliar en las facultades de Filosofia y Letras el numero de las disciplinas anotadas, Recogiendo todas las denominaciones de las secciones de Filosofia, psicologia y Ciencias de la Educacion. En su virtu, a propuesta del Ministro de Universidades e Investigacion y de acuerdo con los informes de La Junta nacional de universidades y del Consejo Nacional De Educacion, previa deliberacion del Consejo de Ministros en su reunion del dia dieciseis de mayo de mil novecientos ochenta, dispongo:

Articulo Unico queda modificado el anexo que acompaÒa el Real Decreto mil cincuenta/mil novecientos setenta y nueve, de cuatro de abril, en el sentido de que el apartado b), correspondiente a facultades de Filosofia y Letras, se incluyan las siguientes disciplinas:

- todas las denominaciones de Filosofia.

- todas las denominaciones de psicologia.

- todas las denominaciones de Ciencias de la Educacion.

Disposicion final

El presente Real Decreto entrara en vigor el dia siguiente de su publicacion en el "BoletÌn Oficial del Estado".

Dado en Madrid a diecinueve de mayo de mil novecientos ochenta.-Juan Carlos R.- El Ministro de Universidades e Investigacion, Luis Gonzalez seara.

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