Real Decreto 741/2016, de 30 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 318/2015, de 24 de abril, por el que se delimita la zona de promoción económica de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Enero de 2017
MarginalBOE-A-2016-12596
SecciónI - Disposiciones Generales
Rango de LeyReal Decreto

Por el Real Decreto 318/2015, de 24 de abril, se delimita la zona de promoción económica de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 3.2 y 5 del Reglamento de los incentivos regionales, de desarrollo de la Ley 50/1985, de 27 de diciembre, aprobado por el Real Decreto 899/2007, de 6 de julio.

Dicho real decreto fue aprobado de conformidad también con las Directrices de la Comisión Europea sobre las ayudas estatales de finalidad regional para 2014-2020 (2013/C 209/01), y el Mapa español de ayudas de finalidad regional para 2014-2020 (SA.38472 (2014/N)-España).

Por Decisión de la Comisión Europea (SA.46099 (2016/N)-España), de 7 de noviembre de 2016, se ha modificado dicho Mapa para el periodo 2017-2020. Esta modificación afecta a los municipios de la isla de Mallorca que comprenden la zona de promoción económica de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears contenidos en el anexo I de dicho real decreto.

Se han cumplido, previo conocimiento de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, las actuaciones del Consejo Rector de Incentivos Regionales y de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, previstas en el Reglamento de los incentivos regionales, de desarrollo de la Ley 50/1985, de 27 de diciembre.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Hacienda y Función Pública y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de diciembre de 2016,

DISPONGO:

Artículo único. Modificación del Real Decreto 318/2015, de 24 de abril, por el que se delimita la zona de promoción económica de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

El Anexo I del Real Decreto 318/2015, de 24 de abril, por el que se delimita la zona de promoción económica de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, queda redactado en los siguientes términos:

ANEXO I

Municipios de la isla de Mallorca que comprende la zona de promoción económica

Alaró;

Ariany;

Artà;

Binissalem;

Búger;

Bunyola;

Campanet;

Capdepera;

Consell;

Costitx;

Distritos 01, 02 y 03 de Manacor;

Inca;

Lloret de Vistalegre;

Lloseta;

Llubí;

Mancor de la Vall;

Maria de la Salut;

Montuïri;

Muro;

Petra;

Pobla (Sa);

Sant Joan;

Santa Eugènia;

Santa Margalida;

Santa Maria del Camí;

Secciones censales n.º 37 (UIB–Parc Bit), 38, 39 y 49 del distrito 03 de Palma de Mallorca;

Selva;

Sencelles;

Sineu;

Vilafranca de Bonany.

Disposición transitoria única. Solicitudes en tramitación.

Las solicitudes de incentivos regionales que se hallen pendientes de resolución en el momento de la entrada en vigor de este real decreto, se resolverán con arreglo a lo previsto en la normativa resultante de su aprobación.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2017.

Dado en Madrid, el 30 de diciembre de 2016.

FELIPE R.

El Ministro de Hacienda y Función Pública,

CRISTÓBAL MONTORO ROMERO

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