Ley 26/1990, de 20 de diciembre por la que se establecen en la Seguridad Social prestaciones no contributivas.

Abogados Laboral y Seguridad Social

Extracto


Ley 26/1990, de 20 de diciembre por la que se establecen en la Seguridad Social prestaciones no contributivas.

Juan Carlos i

Rey de España

A todos los que la presente vieren y entendieren.

Sabed: Que las Cortés generales han aprobado y yo Vengo en sancionar la siguiente ley:

Exposición de motivos

I

La presente ley tiene cómo objetivo principal el establecimiento y Regulacion de un nivel no contributivo de prestaciones económicas del Sistema de la Seguridad Social, cómo desarrolló del principio rector contenido en el artículo 41 de nuestra constitución, que encomienda a los poderes públicos el mantenimiento de un , y, por tanto, dictada al Amparo de lo previsto en el artículo 149.1.17. De la constitución.

Con ello, vienen a completarse las reformas básicas del Sistema de la Seguridad Social iniciadas con La Ley 26/1985, de 31 de Julio, de medidas urgentes para la racionalización de la Estructura y de la Accion protectora de la Seguridad Social, cuyo preámbulo ya preveía que, el siguiente pasó, habría de ser .

La trascendencia de la Reforma, que La Ley introduce, se centra en la extensión del Derecho a las pensiones de jubilación e invalidez y a las prestaciones económicas por hijos a cargo, del Sistema de la Seguridad Social, a todos los ciudadanos, aun cuándo no hayan cotizado nunca o el tiempo suficiente para alcanzar prestaciones del nivel contributivo, por la realización de actividades profesionales. Se trata, en definitiva, de la universalización de tales prestaciones.

Ii

La ampliación de la Proteccion Social trata de dar respuesta a una aspiración Social de solidaridad que, en concretó, se ha puesto de manifiesto en las encuestas realizadas en el Marco de los estudios preparatorios de La Ley, según las cuáles, una de las demandas prioritarias de la Sociedad es la garantía de pensiones públicas para todos los ancianos o inválidos sin recursos que, por las causas que fueren, no acceden a las prestaciones h...

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