ORDEN DE 8 DE NOVIEMBRE DE 1996 por la que se aprueban las Normas para la Preparacion y Remision de Muestras objeto de analisis por el Instituto de Toxicologia.

MarginalBOE-A-1996-28654
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyOrden

La Orden del Ministerio de Justicia de 30 de junio de 1987 aprobó las instrucciones para la preparación y remisión de las muestras objeto de análisis por el Instituto de Toxicología. Los avances operados en la técnica desde su publicación, así como la aparición de nuevas sustancias y productos hacen necesaria su revisión.

De conformidad con lo establecido en los artículos 18 y 19 del Decreto 1789/1967, de 13 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 31), y a propuesta del Instituto de Toxicología,

Este Ministerio dispone:

Artículo único Aprobación de las normas.

Se aprueban las normas para la preparación y remisión de muestras objeto de análisis por el Instituto de Toxicología, que se insertan como anexo a continuación.

Disposición derogatoria única Derogación normativa.

Queda derogada la Orden de 30 de junio de 1987, por la que se aprobaban las normas para la preparación y remisión de muestras objeto de análisis por el Instituto Nacional de Toxicología, y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la presente Orden ministerial.

Disposición final única Desarrollo y entrada en vigor.
  1. La Secretaría de Estado de Justicia podrá dictar las disposiciones pertinentes para el desarrollo y aplicación de la presente Orden.

  2. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

    Madrid, 8 de noviembre de 1996.

    MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN

    Excmo. Sr. Secretario de Estado de Justicia e Ilmo. Sr. Director general de Relaciones con la Administración de Justicia.

    ANEXO

    Normas de recogida, preparación y envío de muestras para análisis en el Instituto Nacional de Toxicología

    Normas de tramitación

    A efectos de la investigación analítica forense, el territorio nacional está dividido en cuatro zonas a las que sirve el Instituto Nacional de Toxicología (INT).

    1. Departamento de Madrid (calle Luis Cabrera, número 9, 28002 Madrid), cuya zona de servicio abarca a las Comunidades Autónomas de Asturias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla-León, Galicia, La Rioja, Madrid, Murcia, País Vasco y Valencia.

    2. Departamento de Barcelona (calle Merced, número 1, 08002 Barcelona), cuya zona de servicio abarca las Comunidades Autónomas de Aragón, Cataluña, Baleares y Navarra.

    3. Departamento de Sevilla (carretera de San Jerónimo, sin número, apartado de correos 863), cuya zona de servicio abarca las Comunidades Autónomas de Andalucía, Extremadura, Ceuta y Melilla.

    4. Delegación de Tenerife (Campus de Ciencias de la Salud. Universidad de la Laguna. Facultad de Medicina. Santa Cruz de Tenerife) cuya zona de servicio abarca a las islas Canarias.

      A cada uno de estos Departamentos o Delegación se dirigirán los Juzgados de las respectivas zonas, enviándoles directamente las muestras y documentación según más adelante se especifica.

      Documentación

      Los Tribunales, Juzgados o Médicos forenses comunicarán al Instituto el envío que hayan efectuado, expresando fecha de la expedición, procedimiento utilizado, nombre del transportista y breve descripción del paquete y su precintado.

      Asimismo, se expondrá con la mayor claridad y concisión posible el tipo de investigación que se interesa y se acompañará una información suficiente de todos los datos clínicos, necrópsicos, procesales y otros complementarios que puedan tener interés para orientar la investigación.

      En todos los casos se remitirá cumplimentado el impreso normalizado correspondiente a la investigación que se solicita (ver anexo).

      Cuando se sospeche una enfermedad infecto-contagiosa, hepatitis, SIDA, tuberculosis, etc., se hará constar en el formulario de manera bien explícita.

      Debe existir un documento anejo al envío de muestras, que acredite la observación en todo momento de la «Cadena de Custodia», desde la toma de las muestras hasta su recepción en el INT. Se propone como modelo el que figura incluido como anexo, en los distintos modelos de formularios, pudiendo ser válido cualquier otro documento, siempre que quede constancia firmada de todas las personas bajo cuya responsabilidad hayan estado las muestras.

      Embalaje

      El embalaje deberá comprender:

    5. Embalajes interiores, formados por:

  3. Recipientes primarios estancos.

  4. Un embalaje secundario estanco (saco de plástico). 3. Material absorbente en cantidad suficiente para absorber por completo, en caso de derrame, el contenido líquido y que deberá colocarse entre los recipientes primarios y el embalaje secundario. Si se colocan varios recipientes primarios en un mismo embalaje secundario, los primarios deberán envolverse individualmente para evitar que haya contacto entre ellos, o se manchen o contaminen mutuamente, incluso exteriormente, en caso de vertidos o roturas.

    1. Embalaje exterior (nevera). En cada nevera sólo se incluirán vísceras de un sólo individuo, para evitar confusiones en caso de alteración de etiquetas.

    Es preciso incluir entre el embalaje secundario y el exterior una relación detallada de su contenido.

    Para transportar las muestras en condiciones de refrigeración o congelación, se colocará hielo, hielo seco o frigolines alrededor del (los) embalaje (s) secundario (s). Deberán colocarse soportes interiores para mantener el (los) embalaje (s)secundario (s) en su posición después de que el hielo o hielo seco se haya fundido. Si se utiliza hielo el embalaje exterior debe ser estanco. Si se utiliza hielo seco el embalaje exterior debe permitir la salida del dióxido de carbono.

    Recipientes primarios

    Se recomiendan los frascos de plástico incoloro de boca ancha y doble tapa. En todo caso la tapa de rosca debe reforzarse con cinta adhesiva para asegurar la estanqueidad.

    Para los estudios histopatológicos son recomendables los frascos de 2 L de capacidad, que permiten una mejor fijación y no deforman las piezas.

    Estos frascos deben ser preferentemente nuevos y enjuagados.

    Si en alguna ocasión debieran emplearse frascos ya utilizados, se lavarán profusamente con lejía (excepto si se ha de determinar sodio, hipoclorito o cáusticos) y seguidamente se lavarán repetidamente con agua corriente y agua destilada.

    Los frascos destinados a contener sangre, se deberán secar perfectamente para evitar hemólisis y llenar completamente, sin cámara de aire, si se han de determinar gases, alcohol y otras sustancias volátiles.

    En cambio para los restantes fluidos, se debe dejar vacío un espacio suficiente en los frascos, para evitar fugas y sobrepresiones en su interior.

    Una vez cerrados, debe comprobarse que no pierden líquidos.

    Se deben acondicionar de modo que queden fijos o protegidos contra choques, para impedir su rotura o derrame y controlar sus movimientos dentro del embalaje exterior en condiciones normales de transporte.

    Embalaje secundario

    Se recomienda un saco de plástico resistente que debe quedar cerrado herméticamente.

    Embalaje exterior (nevera)

    Los embalajes nuevos o reutilizados, antes de ser llenados y entregados para el transporte, deben ser inspeccionados para comprobar que están exentos de grietas, contaminación u otros daños. Todo embalaje que dé muestras de haber perdido resistencia en comparación con el tipo de diseño aprobado deberá ser sustituido.

    Etiquetado y precintado

    Cuando las muestras estén contenidas en varios frascos, todos y cada uno de ellos estarán provistos de una etiqueta con expresión del contenido, nombre de la víctima, Juzgado de Instrucción, número de sumario o diligencias y fecha.

    El embalaje exterior (nevera) deberá estar cerrado herméticamente y convenientemente precintado. Puede utilizarse el papel adhesivo con el sello del Juzgado. Se hará constar siempre el Juzgado remitente.

    Normas de preparación y remisión de muestras para investigación químico-toxicológica

  5. Tóxicos desconocidos

    En los casos en que se desconoce totalmente la naturaleza del tóxico a investigar en un cadáver, es preciso remitir al Instituto las muestras que a continuación se detallan: Un recipiente con estómago y su contenido, y además vómitos y los lavados gástricos que en el tratamiento de urgencia se hicieran con agua sola.

    Un frasco seco con sangre en cantidad de unos 50 mililitros.

    Un frasco de orina; toda cuanta sea posible extraer.

    Un recipiente con aproximadamente 100 gramos de cerebro.

    Un recipiente con hígado (aproximadamente 100 gramos) y vesícula biliar.

    Un recipiente con una cuña renal de aproximadamente 100 gramos.

    Un recipiente con aproximadamente 100 gramos de pulmón.

    Cuando se sospechen intoxicaciones crónicas por arsénico, talio, cadmio y drogas deberán remitirse muestras de cabellos.

    Nota: A la muestra de sangre se añadirá un agente conservante (fluoruro sódico, sólido), en todos los casos excepto cuando haya de determinarse flúor o sodio. A las restantes muestras no se les adicionará ningún conservante.

    Nunca se conservarán en formol muestras destinadas al análisis químico-toxicológico, reservándose aquél exclusivamente para las muestras en que interese estudio histopatológico.

  6. Alcohol etílico

    2.1 En sujetos vivos:

    Instrumental: La extracción de la sangre venosa se realizará con jeringa de un solo uso.

    Desinfección de la piel: Se efectuará con solución acuosa de cloruro mercúrico o mercuro-cromo, agua con jabón o agua destilada; nunca se empleará alcohol, tintura de yodo u otros disolventes con fracciones volátiles.

    Cantidad de sangre a extraer: 5 mililitros (mínimo). Es conveniente el envío de dos tubos con 5 mililitros de sangre cada uno, para que exista la posibilidad de un contra-análisis.

    Frasco para remitir la muestra: Debe utilizarse un vial de 5 mililitros de capacidad de forma que quede completamente lleno, sin cámara de aire, adicionado de 50 miligramos de oxalato potásico como anticoagulante y de 50 miligramos de fluoruro sódico como conservante. Mezclar bien después de tapar. Pueden emplearse los tubos de plástico de uso en análisis...

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