Orden CUL/832/2005, de 18 de marzo, por la que se convoca el Premio Velázquez de las Artes Plásticas correspondiente a 2005.

MarginalBOE-A-2005-5316
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Cultura
Rango de LeyOrden

ORDEN CUL/832/2005, de 18 de marzo, por la que se convoca el Premio Velázquez de las Artes Plásticas correspondiente a 2005.

El Premio Velázquez de las Artes Plásticas es un galardón de carácter internacional que premia la totalidad de la obra de un creador en el ámbito de las artes plásticas, en cualesquiera de sus manifestaciones. Recompensa la meritoria labor del galardonado mediante la concesión de un premio dirigido a destacar su aportación sobresaliente a la cultura hispánica.

La Orden de 17 de julio de 2001 (Boletín Oficial del Estado de 25 de julio), por la que se crea el Premio Velázquez de las Artes Plásticas, establece que a partir del año 2002 el mismo será objeto de convocatoria anual.

De conformidad con dicha previsión normativa, y teniendo en cuenta el Real Decreto 553/2004, de 17 de abril (B.O.E. del día 18), por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, y el Real Decreto 562/2004, de 19 de abril (B.O.E. del día 20), por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, he tenido a bien disponer:

Primero.Se convoca el Premio Velázquez de las Artes Plásticas correspondiente al año 2005.

Segundo.Podrán ser candidatos al Premio cualesquiera artistas plásticosnacionales de España o de los Estados americanos de la Comunidad Iberoamericana de Naciones.

Tercero.El Premio se concederá por la totalidad de la obra de un creador en el ámbito de las artes plásticas, en cualesquiera de sus manifestaciones.

Cuarto.Podrán presentar candidaturas al Premio las Academias de Bellas Artes, los Museos de Arte Moderno y Contemporáneo, las asociaciones de críticos de arte, los miembros del jurado y otras instituciones que, por su naturaleza, fines o contenidos, estén vinculados a las artes plásticas en los Estados a los que se refiere el apartado segundo.

Las candidaturas se dirigirán a la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales del Ministerio de Cultura, pudiendo presentarse a través de cualquiera de las vías previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las instituciones que presenten candidatos enviarán a la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales una memoria en la que consten los méritos de los artistas propuestos, así como la documentación gráfica necesaria para el conocimiento y valoración de su obra.

El plazo para la presentación de las propuestas y...

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