REAL DECRETO 1596/2004, de 2 de julio, por el que se regula la transmisión de posibilidades de pesca entre los buques pertenecientes al Censo de las flotas de altura, gran altura y buques palangreros mayores de 100 toneladas de registro bruto, que operan dentro de los límites geográficos de la Comisión de Pesca del Atlántico Nordeste.

BOE. Boletín Oficial del Estado núm. 160, 3 de Julio de 2004I - Disposiciones Generales › Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentacion

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REAL DECRETO 1596/2004, de 2 de julio, por el que se regula la transmisión de posibilidades de pesca entre los buques pertenecientes al Censo de las flotas de altura, gran altura y buques palangreros mayores de 100 toneladas de registro bruto, que operan dentro de los límites geográficos de la Comisión de Pesca del Atlántico Nordeste.

REAL DECRETO 1596/2004, de 2 de julio, por el que se regula la transmisión de posibilidades de pesca entre los buques pertenecientes al Censo de las flotas de altura, gran altura y buques palangreros mayores de 100 toneladas de registro bruto, que operan dentro de los límites geográficos de la Comisión de Pesca del Atlántico Nordeste.

La Orden Ministerial de 12 de junio de 1981, por la que se ordena la actividad pesquera de las flotas de altura y gran altura que operan dentro de los límites geográficos de la Comisión de Pesca del Atlántico Nordeste (NEAFC), establece la normativa de aplicación a las empresas pesqueras titulares de buques con derecho a faenar en dichas aguas. A estos efect...

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