Resolución de 11 de julio de 2011, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se aprueban las orientaciones curriculares de las enseñanzas de 'Lengua Española y Literatura' y de 'Geografía e Historia de España' para los programas de educación en el exterior que, en el marco de sistemas educativos extranjeros, conducen a la obtención de los títulos españoles de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller.

MarginalBOE-A-2011-12868
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Educación
Rango de LeyResolución

La Orden EDU/2503/2010, de 16 de septiembre, por la que se regulan los criterios y el procedimiento para la suscripción de convenios de colaboración con instituciones titulares de centros extranjeros previstos en el Real Decreto 1027/1993, de 25 de junio, por el que se regula la acción educativa en el exterior, establece en su artículo 3.1.c) que los centros radicados en el extranjero interesados en suscribir un convenio de colaboración con el Ministerio de Educación introducirán, al menos en el currículo de los cursos correspondientes a las etapas españolas de Primaria y Secundaria, las enseñanzas de Lengua, Literatura, Geografía e Historia de España que las autoridades educativas españolas determinen.

Así mismo, el artículo 4.2.d) de la citada Orden requiere, como parte de la documentación que debe acompañarse a la solicitud, la propuesta de un currículo integrado, en el que, junto a los objetivos, contenidos y criterios de evaluación propios del sistema de enseñanza del Estado en que cada centro se ubique, se deben incluir para cada curso los propios de las áreas de Literatura, Geografía e Historia de España, así como de Lengua Española en los países en que el español no sea la lengua oficial, de acuerdo con las orientaciones que dicten por resolución las autoridades educativas españolas.

Por otra parte, el Ministerio de Educación viene desarrollando diversos programas en centros docentes de titularidad extranjera o con participación del Estado español en su titularidad que, en el marco de otros sistemas educativos, incluyen las citadas enseñanzas y, en algunos casos, conducen a la obtención de la correspondiente titulación española.

Si bien la diversidad y particularidades de estos programas impide la elaboración de un currículo pormenorizado y obligatorio para todos ellos, es conveniente, no obstante, unificar criterios y establecer unas orientaciones generales que faciliten la incorporación en sus respectivos currículos de unos objetivos y contenidos comunes, adaptados en todo caso a las características singulares de cada centro o programa.

Por todo ello, y en virtud de las atribuciones establecidas en el Real Decreto 189/2011, de 18 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación y se modifica el Real Decreto 1366/2010, de 29 de octubre, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, esta Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional dispone:

Primero.

Se aprueban y se publican en anexo las orientaciones curriculares de las enseñanzas de «Lengua Española y Literatura» y de «Geografía e Historia de España», para los programas de educación en el exterior desarrollados en el marco de sistemas educativos extranjeros que conducen a la obtención de títulos españoles no universitarios.

Segundo.

Los centros a los que se refiere la Orden EDU/2503/2010, de 16 de septiembre, por la que se regulan los criterios y el procedimiento para la suscripción de convenios de colaboración con instituciones titulares de centros extranjeros previstos en el Real Decreto 1027/1993, de 25 de junio, por el que se regula la acción educativa en el exterior, que, con anterioridad a la publicación de esta resolución, estén integrados en la red de centros españoles en el exterior, deberán actualizar los currículos de acuerdo con lo que se indica en el anexo adjunto, a partir del curso académico 2011-2012, o del curso 2012 en el caso de aquellos países en los que este coincida con el año natural.

Tercero.

Quedan derogadas la Resolución de 14 de octubre de 1998, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueban las orientaciones, los objetivos y los contenidos de las áreas de «Literatura Española» y de «Geografía e Historia de España» para los centros que deseen incorporarse a la red de centros españoles en países cuya lengua oficial sea el español, y la Resolución de 21 de abril de 1999, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueban las orientaciones, los objetivos, los contenidos y criterios de evaluación del área de Lengua Española para los centros ubicados en países de lengua no española que deseen incorporarse a la red de centros españoles en el exterior.

Cuarto.

Esta resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 11 de julio de 2011.–El Secretario de Estado de Educación y Formación Profesional, Mario Bedera Bravo.

ANEXO

Orientaciones curriculares de las enseñanzas de «Lengua Española y Literatura» y de «Geografía e Historia de España», para los programas de educación en el exterior que, en el marco de sistemas educativos extranjeros, conducen a la obtención de los títulos españoles de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller

En este anexo se proporcionan orientaciones sobre objetivos y contenidos de las enseñanzas de «Lengua Española y Literatura» y «Geografía e Historia de España», diferenciados, dentro de cada área, por etapas, que corresponden a las españolas de primaria (6 cursos, para alumnado entre 6 y 12 años de edad), secundaria obligatoria (4 cursos, entre 12 y 16 años) y bachillerato (dos cursos, entre 16 y 18 años).

Según los acuerdos o convenios existentes, cada centro o programa adaptará estos contenidos y los distribuirá en los diferentes cursos de su sistema educativo, con el fin de conseguir los objetivos establecidos para cada etapa. Los criterios de evaluación de cada etapa y materia estarán integrados en la programación elaborada en cada centro o programa teniendo en cuenta los objetivos y contenidos de este anexo.

  1. Lengua Española y Literatura

    Uno de los fines de la educación es lograr el pleno desarrollo de la personalidad y de las capacidades de los alumnos, entre las que ocupa un lugar preferente la competencia en comunicación lingüística. Las enseñanzas de Lengua Española y Literatura constituyen un ámbito privilegiado para desarrollar la competencia lingüística en español, si bien todas las enseñanzas impartidas en esta lengua, al emplear el lenguaje como medio de comunicación y de adquisición y transmisión del conocimiento, son responsables de su desarrollo.

    Las enseñanzas de Lengua Española y Literatura tienen como objeto el desarrollo de las habilidades lingüísticas: escuchar, hablar y conversar, leer y escribir. También, y de manera específica, pretenden acercar a la lectura y comprensión de textos literarios.

    Situar la enseñanza y el aprendizaje de la lengua en el marco de la competencia comunicativa significa que el currículo se centra en el aprendizaje de las destrezas discursivas, cuyo dominio requiere de procedimientos y conocimientos explícitos acerca del funcionamiento del lenguaje en todas sus dimensiones: las normas sociolingüísticas que presiden los intercambios, las formas convencionales en que los textos se presentan en nuestra cultura, los procedimientos que articulan las partes del texto en un conjunto cohesionado, las reglas léxico-sintácticas que permiten construir enunciados con sentido y aceptables desde el punto de vista gramatical y ortográfico.

    La educación literaria ha de desarrollar el conocimiento y el aprecio del hecho literario como hecho lingüístico y estético, resultado de un modo de comunicación específico, analizando y considerando los principales tipos de procedimientos literarios como expresión del mundo personal y como producto social y cultural que se enmarca en un contexto histórico determinado.

    A lo largo de la etapa de Educación Primaria se debe empezar a adquirir un saber reflexivo sobre las prácticas comunicativas necesarias para vivir en la sociedad del siglo XXI, mientras que la educación literaria se concibe como una aproximación a la literatura desde sus expresiones más sencillas, a través de fragmentos de textos o de obras completas adecuadas al nivel de los alumnos.

    En la etapa de Educación Secundaria Obligatoria debe ampliarse la competencia comunicativa adquirida en Primaria, a través de una mayor diversidad y complejidad de las prácticas discursivas en los diferentes ámbitos, especialmente el académico. La educación literaria en esta etapa persigue la consolidación de los hábitos de lectura, la recreación de textos y la sistematización del hecho literario.

    En ambas etapas, estas enseñanzas favorecen la adquisición de diversas competencias básicas, contempladas en el sistema educativo español como saberes imprescindibles que los alumnos deben adquirir a lo largo de las dos etapas citadas.

    Competencia en comunicación lingüística. La propia concepción del currículo de Lengua Española y Literatura está al servicio de la competencia comunicativa ya que pone el énfasis en el uso social de la lengua en diferentes contextos comunicativos. El conocimiento y análisis del discurso literario contribuyen de manera muy especial a la competencia comunicativa, ya que la literatura ofrece una gran variedad de contextos, contenidos, géneros y registros que favorecen el enriquecimiento del vocabulario y de las estructuras lingüísticas y textuales.

    Competencia para aprender a aprender. A través de la lengua y de las obras literarias se tiene acceso al saber y a la construcción de conocimientos. El lenguaje está en la base del pensamiento y del conocimiento y la literatura recoge una parte esencial de la memoria universal de la humanidad, el archivo de sus emociones, ideas y fantasías, cuyo conocimiento favorece la maduración intelectual y humana de los jóvenes. También, la lengua y la literatura contribuyen a esta competencia en la medida que los alumnos pueden ver objetivadas experiencias individuales y colectivas, en un momento en que son evidentes sus necesidades de socialización y apertura a la realidad.

    Competencia social y ciudadana. La Lengua contribuye poderosamente al desarrollo de esta competencia, entendida como habilidades y destrezas para la convivencia, el respeto y el entendimiento entre las personas, en la medida en que una educación lingüística...

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