Orden AEC/1636/2012, de 9 de julio, por la que se modifica la Orden AEC/338/2007, de 12 de febrero, por la que se regula la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.
Fecha de Entrada en Vigor | 26 de Julio de 2012 |
Marginal | BOE-A-2012-9930 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperacion |
Rango de Ley | Orden |
La aprobación del Real Decreto 342/2012, de 10 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, ha significado la modificación y adaptación de las estructuras del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación con el objeto de desarrollar el programa político de reformas del Gobierno.
Los cambios estructurales y de distribución de competencias dentro del Departamento hacen necesaria la adecuación de la Comisión Ministerial de Administración Electrónica, cuya regulación se recoge en la Orden AEC/338/2007, de 12 de febrero, por la que se regula la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, que ahora se modifica.
En su virtud, con la aprobación previa del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, dispongo:
La Orden AEC/338/2007, de 12 de febrero, por la que se regula la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, queda modificada como sigue:
Uno. El apartado segundo queda redactado del siguiente modo:
1. El Pleno de la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación tendrá la siguiente composición:
Presidente: El Subsecretario de Asuntos Exteriores y de Cooperación.
Vicepresidente primero: El Director General del Servicio Exterior.
Vicepresidente segundo: El Subdirector General de Informática, Comunicaciones y Redes.
Vocales: En representación de las siguientes unidades del Departamento y de los Organismos adscritos al Ministerio designados, a propuesta de sus titulares, por el Subsecretario de Asuntos Exteriores y de Cooperación y con rango de subdirector general o asimilado los siguientes:
Un Vocal representante de la Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores.
Un Vocal representante de la Secretaría de Estado para la Unión Europea.
Un Vocal representante de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional y para Iberoamérica.
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