Orden HAP/2353/2014, de 10 de diciembre, por la que se modifica la Orden HAP/1335/2012, de 14 de junio, de delegación de competencias.

MarginalBOE-A-2014-13045
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

El Real Decreto 1823/2011, de 21 de diciembre, por el que se reestructuran los Departamentos ministeriales, y el Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, establecieron la estructura orgánica básica de los Departamentos ministeriales. Por Real Decreto 256/2012, de 27 de enero, se desarrolló la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (MINHAP), y por Orden HAP/1335/2012, de 14 de junio, de delegación de competencias, se efectuó la delegación de competencias por el titular del Departamento en diferentes órganos del mismo, así como la aprobación de las delegaciones efectuadas por los titulares de las Secretarías de Estado y Subsecretarias del Departamento.

Posteriormente, la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, en su artículo 25, añade un nuevo artículo, el 92 bis, a la Ley 7/1985, reguladora de las Bases del Régimen Local (LBRL), en el que establece el nuevo régimen jurídico aplicable a los funcionarios de Administración Local, con habilitación de carácter nacional (anteriormente, funcionarios con habilitación de carácter estatal).

Asimismo, la citada ley deroga expresamente la disposición adicional segunda de la Ley 7/2007, de 14 de abril, por el que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público, donde se recogía la anterior regulación de este colectivo.

Todo ello, ha justificado la aprobación del Real Decreto 802/2014, de 19 de septiembre, de modificación del Real Decreto 256/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, a fin de adecuar el ejercicio de competencias de los órganos del Departamento a las modificaciones incorporadas en la Ley 27/2013.

En este contexto, resulta igualmente necesario modificar la Orden HAP/1335/2012, de 14 de junio, de delegación de competencias en los siguientes términos. Por un lado, se modifica la delegación en el Secretario de Estado de Administraciones Públicas de la competencia prevista en la letra n) del apartado 1 del artículo 3 de «la resolución de los expedientes disciplinarios de funcionarios con habilitación de carácter estatal, en los que el funcionario se encuentre destinado en una Comunidad Autónoma distinta de aquella en la que se le incoó el expediente, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 6 de la disposición adicional segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público», para adaptarla a las previsiones del apartado 11 del artículo 98 bis de la LBRL, que señala los órganos competentes para la imposición de sanciones a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. En este sentido, se delega en el Secretario de Estado de Administraciones Públicas la competencia para la imposición de sanciones disciplinarias a los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional...

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