Orden FOM/22/2015, de 19 de enero, por la que se modifica el anexo III del Real Decreto 1434/2010, de 5 de noviembre, sobre interoperabilidad del sistema ferroviario de la Red Ferroviaria de interés general.

Fecha de Entrada en Vigor22 de Enero de 2015
MarginalBOE-A-2015-466
SecciónI - Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

El Real Decreto 1434/2010, de 5 de noviembre, sobre interoperabilidad del sistema ferroviario de la Red Ferroviaria de interés general, supuso la incorporación al ordenamiento jurídico interno de la Directiva 2008/57/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de junio de 2008, sobre la interoperabilidad del sistema ferroviario dentro de la Comunidad, así como de la Directiva 2009/131/CE, de la Comisión, de 16 de octubre de 2009, que modificaba el anexo VII de la citada Directiva 2008/57/CE.

Posteriormente, el citado Real Decreto ha sido modificado por la Orden FOM/3218/2011, de 7 de noviembre, por la que se modifican los anexos II, V y VI del Real Decreto y por la Orden FOM/421/2014, de 3 de marzo por la que se modifica el anexo III del mismo.

La disposición final cuarta del Real Decreto 1434/2010, de 5 de noviembre, autoriza al Ministro de Fomento a modificar sus anexos cuando sea necesario como consecuencia de lo que disponga la normativa comunitaria. De acuerdo con dicha autorización, se dicta esta orden ministerial con la finalidad de incorporar al ordenamiento jurídico español la Directiva 2014/38/UE de la Comisión, de 10 de marzo de 2014, por la que se modifica el anexo III de la Directiva 2008/57/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre la interoperabilidad del sistema ferroviario dentro de la Comunidad. La Directiva 2014/38/UE pretende evitar la aplicación de disposiciones nacionales más rigurosas en cuanto al ruido emitido por el material rodante nuevo y rehabilitado ya que ello afectaría negativamente a la interoperabilidad del sistema ferroviario dentro de la Comunidad, estableciendo para ello una regulación más precisa al respecto a fin de evitar la ambigüedad y estipular el objetivo general que persigue la Directiva con relación al ruido.

En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Ferrocarriles, con la conformidad del Secretario General de Infraestructuras y del Secretario de Estado de Infraestructuras, Transportes y Vivienda, de acuerdo con el Consejo de Estado, dispongo:

Artículo único Modificación del Real Decreto 1434/2010, de 5 de noviembre, sobre interoperabilidad del sistema ferroviario de la Red Ferroviaria de Interés General.

Se modifica el apartado 1.4.4. del...

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