Orden EIC/148/2017, de 20 de febrero, por la que se acuerda la emisión, acuñación y puesta en circulación de monedas de colección de la 'Serie Europa'.

MarginalBOE-A-2017-1937
SecciónI - Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

La Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, en su artículo 102, modificó el artículo 81 de la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, dando una nueva terminología en relación con las monedas conmemorativas y de colección, de conformidad con la terminología utilizada en las disposiciones y normativa europea.

En la nueva redacción del citado artículo 81 se establece, entre otras cuestiones, que «a partir de enero de 2004, se denominarán monedas de colección en euros, las monedas en euros no destinadas a la circulación, acuñadas normalmente en metales preciosos, con un valor nominal y diseño diferente a las destinadas a la circulación. Estas monedas deberán diferir perceptiblemente de las circuladas en, al menos, dos de las tres características siguientes: color, peso y diámetro».

En la misma disposición «se autoriza con carácter general a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, a acuñar y comercializar monedas de colección de todo tipo. La acuñación y venta de estas monedas serán acordadas por orden del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad que, de conformidad con las disposiciones europeas, fijará las características propias de las monedas, sus valores faciales y las fechas iniciales de emisión y, en su caso, los precios de venta al público».

El artículo 5 del Reglamento (UE) número 651/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2012, relativo a la emisión de monedas en euros, regula la emisión de monedas de colección.

El Real Decreto 415/2016, de 3 de noviembre, por el que se reestructuran los Departamentos ministeriales, establece en su artículo 1 que la Administración General del Estado se estructura en los distintos Departamentos ministeriales y, entre ellos, el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad.

El Real Decreto 424/2016, de 11 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los Departamentos ministeriales, dispone, en el artículo 12, la correspondiente al Ministerio de Economía, Industria y Competitividad manteniendo la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera como órgano directivo dependiente de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa.

Asimismo, la disposición transitoria primera del Real Decreto 424/2016, «Subsistencia de órganos», establece que «sin perjuicio de lo previsto para los órganos directivos creados por este real decreto, los restantes órganos directivos establecidos en el mismo conservarán su estructura y funciones en tanto no se proceda a su modificación».

Por tanto, y conforme al artículo 3.1.a) y 3.1.m) del Real Decreto 345/2012, de 10 de febrero (por el que...

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