Resolución de 1 de julio de 2010, de la Dirección General de Comercio e Inversiones, por la que se aprueban los modelos de declaración de inversiones exteriores cuando el obligado a declarar es el inversor o la empresa con participación extranjera y que sustituye a las anteriores Resoluciones en esta materia.

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Septiembre de 2010
MarginalBOE-A-2010-11144
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Fomento
Rango de LeyResolución

Las inversiones extranjeras en España y las inversiones españolas en el exterior están reguladas por el Real Decreto 664/1999, de 23 de abril, sobre inversiones exteriores y la Orden del Ministerio de Economía de 28 de mayo de 2001, por la que se establecen los procedimientos aplicables para las declaraciones de inversiones exteriores y su liquidación, así como los procedimientos para la presentación de memorias anuales y de expedientes de autorización. Estas normas establecen las disposiciones aplicables a la tramitación y declaración de dichas inversiones disponiendo la utilización a estos efectos de determinados modelos cuya aprobación se remite a una norma de rango inferior.

La Orden, en su disposición final segunda, faculta a la Dirección General de Comercio e Inversiones para aprobar los modelos destinados a la tramitación y declaración de las inversiones extranjeras en España y de las inversiones españolas en el exterior.

En aplicación de lo anterior, la Dirección General de Comercio e Inversiones publicó la Resolución de la Dirección General de Comercio e Inversiones de 21 de febrero de 2002, por la que se aprueban los modelos impresos de declaración de inversiones exteriores cuando el obligado a declarar es el inversor o la empresa con participación extranjera y que sustituye a la Resolución de 30 de mayo de 2001, de esta Dirección General; la Resolución de la Dirección General de Comercio e Inversiones de 3 de abril de 2008, por la que se modifica la Resolución de 21 de febrero de 2002, en lo concerniente a los modelos D4: Memoria anual relativa al desarrollo de la inversión en sociedades españolas con participación extranjera en su capital y sucursales y D8: Memoria anual relativa al desarrollo de la Inversión en el exterior y su corrección de errores de 26 de mayo de 2008; la Resolución de la Dirección General de Comercio e Inversiones de 17 de marzo de 2009, por la que se modifica la de 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, a fin de adaptar los modelos impresos de declaración a la nueva Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE-2009) y la Resolución de la Dirección General de Comercio e Inversiones de 18 de junio de 2009 por la que se modifica la de 3 de abril de 2008, en lo concerniente a los modelos D-4: Memoria anual relativa al desarrollo de la inversión en sociedades españolas con participación extranjera en su capital y sucursales y D-8: Memoria anual relativa al desarrollo de la inversión en el exterior.

La aprobación de la presente Resolución se justifica, en primer lugar, por la necesidad de ajustar y seleccionar los datos solicitados a la explotación útil de los mismos, adaptándose al mismo tiempo a las recomendaciones de los organismos internacionales (FMI y OCDE) sobre las estadísticas de inversiones directas, ampliando la información aportada, suprimiendo información innecesaria y corrigiendo algunas expresiones en el enunciado de determinados casilleros de los modelos y en las instrucciones para su cumplimentación. Por último, la necesidad de facilitar al ciudadano el cumplimiento de la normativa vigente, aconseja la fusión de todas las Resoluciones en esta materia, dando lugar a una única Resolución que recoja tanto los nuevos cambios como aquellos que fueron introducidos en las Resoluciones anteriores.

En su virtud, haciendo uso de las autorizaciones conferidas en la Orden del Ministerio de Economía de 28 de mayo de 2001, dispongo:

Primero.—Se aprueban los modelos normalizados para la declaración de inversiones extranjeras en España y para inversiones españolas en el exterior, junto con las correspondientes instrucciones para su cumplimentación, cuyos modelos se publican como anexo I y anexo II de la presente Resolución.

El anexo I: Inversiones extranjeras en España, consta de los siguientes modelos:

DP-1: Declaración previa de inversión extranjera procedente de paraísos fiscales en sociedades no cotizadas, sucursales y otras formas de inversión.

DP-2: Declaración previa de inversión extranjera procedente de paraísos fiscales en bienes inmuebles.

D-1A: Declaración de inversión extranjera en sociedades no cotizadas, sucursales y otras formas de inversión.

D-1B: Declaración de liquidación de inversión extranjera en sociedades no cotizadas, sucursales y otras formas de inversión.

D-2A: Declaración de inversión extranjera en bienes inmuebles.

D-2B: Declaración de liquidación de inversión extranjera en bienes inmuebles.

D-4: Memoria anual relativa al desarrollo de la inversión en sociedades españolas con participación extranjera en su capital y sucursales.

El anexo II: Inversiones españolas en el exterior, consta de los siguientes modelos:

DP-3: Declaración previa de inversión española en paraísos fiscales en sociedades no cotizadas, sucursales y otras formas de inversión

DP-4: Declaración previa de inversión española en paraísos fiscales en bienes inmuebles.

D-5A: Declaración de inversión española en sociedades extranjeras no cotizadas, sucursales y otras formas de inversión.

D-5B: Declaración de liquidación de inversión española en sociedades extranjeras no cotizadas, sucursales y otras formas de inversión.

D-6: Declaración de titulares de inversión española en el exterior en valores negociables.

D-7A: Declaración de inversión española en bienes inmuebles.

D-7B: Declaración de liquidación de inversión española en bienes inmuebles.

D-8: Memoria anual relativa al desarrollo de la inversión en el exterior.

Segundo.—Caso de resultar insuficientes los espacios previstos en los modelos para declarar la información solicitada, o se precise incorporar otro tipo de información, ésta se declarará en el modelo de hoja adicional del anexo III.

Tercero.–Para cumplimentar los modelos anteriores deberán seguirse las instrucciones de cumplimentación relativas a cada modelo y utilizarse los códigos indicados en las instrucciones y en las tablas que se incorporan como anexo IV de la presente Resolución.

Cuarto.—Para efectuar las declaraciones, solamente podrán emplearse los formularios preimpresos, disponibles en el Registro General del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y en las Direcciones Territoriales y Provinciales de Comercio o los programas informáticos de ayuda que la Subdirección General de Inversiones Exteriores pone a disposición de los usuarios, a través de la Subsede electrónica de la Secretaría de Estado de Comercio (http://subsede.comercio.mityc.gob.es), en el apartado de Procedimientos y Servicios Electrónicos->Descarga de programas de ayuda.

Quinto.—Podrán seguir empleándose los modelos preimpresos de los formularios de declaración D-2A, D-2B, D-6, D-7A, D-7B, DP-1, DP-2, DP-3, DP-4 y Hoja Adicional aprobados por Resolución de 21 de febrero de 2002 de la Dirección General de Comercio e Inversiones, y los modelos preimpresos de los formularios de declaración D-4 y D-8 aprobados por Resolución de 18 de junio de 2009 de la Dirección General de Comercio e Inversiones, mientras se encuentren disponibles, si bien su cumplimentación deberá ajustarse a las instrucciones contenidas en esta Resolución, referidas a dichos modelos.

Sexto. Cláusula derogatoria.—Quedan derogadas las siguientes resoluciones:

Resolución de 21 de febrero de 2002, de la Dirección General de Comercio e Inversiones, por la que se aprueban los modelos impresos de declaración de inversiones exteriores cuando el obligado a declarar es el inversor o la empresa con participación extranjera y que sustituye a la Resolución de 30 de mayo de 2001, de esta Dirección General.

Resolución de 3 de abril de 2008, de la Dirección General de Comercio e Inversiones, por la que se modifica la Resolución de 21 de febrero de 2002, en lo concerniente a los modelos D-4: Memoria anual relativa al desarrollo de la inversión en sociedades españolas con participación extranjera en su capital y sucursales y D-8: Memoria anual relativa al desarrollo de la inversión en el exterior.

Corrección de errores de la Resolución de 3 de abril de 2008.

Resolución de 17 de marzo de 2009, de la Dirección General de Comercio e Inversiones, por la que se modifica la de 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, a fin de adaptar los modelos impresos de declaración a la nueva Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE-2009).

Resolución de 18 de junio de 2009, de la Dirección General de Comercio e Inversiones, por la que se modifica la de 3 de abril de 2008, en lo concerniente a los modelos D-4: Memoria anual relativa al desarrollo de la inversión en sociedades españolas con participación extranjera en su capital y sucursales y D-8: Memoria anual relativa al desarrollo de la Inversión en el exterior.

Séptimo.—La presente Resolución entrará en vigor el día 1 de septiembre de 2010.

Madrid, 1 de julio de 2010.—El Director General de Comercio e Inversiones, Antonio Sánchez Bustamante.

Ver imagen en páginas del documento

DECLARACIÓN PREVIA DE INVERSIÓN EXTRANJERA PROCEDENTE DE PARAÍSOS FISCALES EN SOCIEDADES NO COTIZADAS, SUCURSALES Y OTRAS FORMAS DE INVERSIÓN

Modelo DP-1

Instrucciones de cumplimentación

Normas generales de cumplimentación:

Corresponde utilizar este modelo DP-1 para efectuar las declaraciones previas al Registro de inversiones de las inversiones extranjeras en empresas españolas que no coticen en Bolsa de Valores y que procedan de uno de los países o territorios denominados paraísos fiscales por el R.D. 1080/1991 y sus modificaciones posteriores, y cuya participación extranjera en el capital de la sociedad española supere el 50% antes de realizar la inversión o como consecuencia de la misma.

También se declararán con este modelo la constitución, formalización o participación en contratos de cuentas en participación, fundaciones, agrupaciones de interés económico, cooperativas o comunidades de bienes, cualquiera que sea su importe, si la inversión procede de uno de los países o territorios denominados paraísos fiscales por el Real Decreto 1080/1991 y sus modificaciones posteriores.

Quedan exceptuadas...

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