Ley 17/1985, de 1 de Julio, sobre Objetos fabricados con metales preciosos.

BOE. Boletín Oficial del Estado núm. 0158, 3 de Julio de 1985I - Disposiciones Generales › Jefatura del estado

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Extracto


Ley 17/1985, de 1 de Julio, sobre Objetos fabricados con metales preciosos.

Juan Carlos I Rey de España

A todos los que la presente vieren y entendieren,

Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y yo vengo en sancionar la siguiente Ley:

La vigilancia y el control sobre la fabricacion, comercializacion y trafico de objetos fabricantes con metales preciosos en nuestro pais viene regulada por el Decreto de 29 de enero de 1934, parcialmente modificado por el Decreto de 29 de agosto de 1935 y por la orden de 17 de febrero de 1936, sin que posteriormente se haya promulgado disposicion alguna que afecte basicamente la legislacion anterior.

Transcurrido casi medio siglo sin que se haya dictado nuevas formas actualizando las mencionadas anteriormente, resulta evidente la necesidad de modificar, en gran parte, los criterios que fueron eficaces en circunstancias de volumen de transaccion y de Comercio Internacional muy diferentes de las actuales. La necesidad de una reforma en profundidad de la normativa vigente proviene de una parte de los propios usos consagrados por la practica en las transacciones de objetos de metales preciosos del interior del pais, que exigen de una regulacion adecuada ...

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