Resolución de 30 de junio de 2011, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto por el notario de Mataró, contra la negativa de la registradora de la propiedad de Madrid n.º 43, a inscribir una escritura de dación en pago de deuda.

BOE. Boletín Oficial del Estado núm. 242, 7 de Octubre de 2011III - Otras Disposiciones › Ministerio de Justicia

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Resolución de 30 de junio de 2011, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto por el notario de Mataró, contra la negativa de la registradora de la propiedad de Madrid n.º 43, a inscribir una escritura de dación en pago de deuda.

En el recurso interpuesto por el notario de Mataró, don Pablo Martínez Olivera, contra la negativa de la registradora de la Propiedad de Madrid número 43, doña Irene Montolío Juárez, a inscribir una escritura de dación en pago de deuda.

HECHOS

I

Mediante escritura autorizada por el notario de Mataró, don Pablo Martínez Olivera, el 30 de diciembre de 2010 la sociedad «Reg Buildong Class, S.L.», dio en pago de su deuda a la «Caixa d’Estalvis Layetana» noventa y cuatro fincas integrantes de un edificio radicado en Madrid, en régimen de propiedad horizontal, por un valor global, solicitándose en el título la cancelación por confusión de las hipotecas que gravan las mismas.

En el apartado «situación arrendaticia», se manifiesta que cuarenta y seis de las fincas están arrendadas, siendo veintiséis de ellas de «renta antigua» y sometidas al Texto Refundido de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1964.

II

Presentada copia autorizada de dicha escritura en el Registro de la Propiedad de Madrid número 43, fue calificada por la registradora, doña Irene Montolío Juárez, con la siguiente nota:

«Antecedentes de Hecho...

III. No consta haberse efectuado notificación alguna a los arrendatarios a los efectos de los derechos de tanteo y retracto.

Fundamentos de Derecho

I. …

II. En cuanto al fondo de la cuestión, no cabe practicar la inscripción solicitada, por cuanto no se justifica habe...

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