Resolución de 18 de diciembre de 2008, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se publican los acuerdos firmados con las entidades de seguro de asistencia sanitaria para la prórroga y modificación para el año 2009, del concierto para la prestación de la asistencia sanitaria en territorio nacional a los mutualistas y demás beneficiarios de Muface, y se determina el periodo de cambio ordinario de entidad para 2009.

BOE. Boletín Oficial del Estado núm. 13, 15 de Enero de 2009III - Otras Disposiciones › Ministerio de Administraciones Publicas

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Resolución de 18 de diciembre de 2008, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se publican los acuerdos firmados con las entidades de seguro de asistencia sanitaria para la prórroga y modificación para el año 2009, del concierto para la prestación de la asistencia sanitaria en territorio nacional a los mutualistas y demás beneficiarios de Muface, y se determina el periodo de cambio ordinario de entidad para 2009.

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

745 Resolución de 18 de diciembre de 2008, de la Mutualidad General de

Funcionarios Civiles del Estado, por la que se publican los acuerdos firmados con las entidades de seguro de asistencia sanitaria para la prórroga y modificación para el año 2009, del concierto para la prestación de la asistencia sanitaria en territorio nacional a los mutualistas y demás beneficiarios de Muface, y se determina el periodo de cambio ordinario de entidad para 2009.

La Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado ha suscrito los acuerdos con las Entidades que se relacionan en el apartado dispositivo tercero de esta resolución, por los que se prorrogan y modifican para el año 2009 los conciertos suscritos el 22 de diciembre de 2006 para la prestación de la asistencia sanitaria en territorio nacional a los mutualistas y demás beneficiarios de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado,

Esta Dirección General resuelve:

Primero.-Hacer públicos los citados acuerdos debidamente firmados por las dos partes, la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado y la Entidad correspondiente, con el siguiente tenor literal:

«Manifiestan:

Primero.-La Cláusula 7.1.2 del Concierto suscrito entre MUFACE y la Entidad el día 22 de diciembre de 2006, para la prestación de la asistencia sanitaria en territorio nacional a los mutualistas y demás beneficiarios de esta Mutualidad durante el año 2007, prevé la posibilidad de prórroga de los efectos del Concierto, año a año, para los años 2008 y 2009. Esta prórroga deberá ser convenida por mutuo acuerdo de las partes, expresado por escrito en el mes de octubre del año precedente.

Segundo.-Habiéndose prorrogado el Concierto para el año 2008, ambas partes consideran conveniente la prórroga para el año 2009 y, para ello, el representante de la Entidad declara bajo su responsabilidad que ésta mantiene las condiciones exigidas para la firma del Concierto en la Resolución de la Dirección General de MUFACE, de 16 de noviembre de 2006, de convocatoria de solicitudes para dicho Concierto, publicada en el «BOE» del día 23 de noviembre.

En virtud de lo expuesto acuerdan:

Primero.-El Concierto suscrito entre las partes, el 22 de diciembre de 2006, para la prestación de asistencia sanitaria en territorio nacional a los mutualistas y demás beneficiarios de MUFACE durante el año 2007 (en adelante, el Concierto), se prorroga en todos sus términos y en la redacción dada por el Acuerdo de Prórroga para 2008, excepto en lo que se refiere a las modificaciones contenidas en el Anexo I, para el año 2009. La prórroga tendrá efectos desde las cero horas del día uno de enero hasta las veinticuatro horas del día treinta y uno de diciembre, ambos, del año 2009.

Segundo.-En la redacción del Concierto se introducen las modificaciones que se contienen en el Anexo I, que se acompaña al presente Acuerdo como parte integrante del mismo. En el Anexo II, y con el fin de facilitar su más fácil acceso y conocimiento a los interesados, se contiene el texto refundido en el que se incorporan al Concierto las modificaciones referidas en el Anexo I, texto que será el aplicable durante el período de prórroga.

Tercero.-MUFACE abonará a la Entidad como importe máximo de las primas por las obligaciones que a ésta corresponden en virtud del Concierto para el año 2009 las siguientes cantidades:

a) 74,65 euros por mes por cada beneficiario protegido que, a 31 de diciembre de 2008, tuviese 70 o más años. b) 62,12 euros por mes por cada beneficiario protegido que, a 31 de diciembre de 2008, tuviese una edad comprendida entre 60 o más años e inferior a los 70 años. c) 55,11 euros por mes por cada beneficiario protegido que, a 31 de diciembre

de 2008, fuese menor de 60 años.

Asimismo, si la Entidad ha cumplido el objetivo cuantitativo de dispensación de medicamentos genéricos recogido en la cláusula 3.7.2, se abonará una cuota mensual adicional por beneficiario por importe de 0'60 euros.

Cuarto.-Se actualizan, asimismo, las cantidades que se detallan en el Baremo para Reintegros que se contiene en el Anexo VI del Concierto, aplicando el incremento establecido en el párrafo segundo de la Cláusula 7.3.4 del Concierto. El Baremo es el que figura como Anexo III del presente Acuerdo, en el que se detallan las cifras actualizadas.

Quinto.-De conformidad con la previsión de la Base 6.1 de la Resolución de 16 de noviembre de 2006, de la Dirección General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), de convocatoria de presentación de solicitudes para suscribir Concierto para la prestación de la asistencia sanitaria a los mutualistas y demás beneficiarios de MUFACE, la presente prórroga queda sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas de ella.»

Segundo.-Publicar los Anexos I y II del mencionado Acuerdo, que contienen, respectivamente, las modificaciones introduc...

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