RESOLUCIÓN de 31 de enero de 2002, de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades, de modificación de la Resolución de 10 de octubre de 2001, por la que se convoca el programa nacional de ayudas para la movilidad de Profesores de Universidad e Investigadores españoles y extranjeros.

BOE. Boletín Oficial del Estado núm. 44, 20 de Febrero de 2002III - Otras Disposiciones › Ministerio de Educacion, Cultura y Deporte

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RESOLUCIÓN de 31 de enero de 2002, de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades, de modificación de la Resolución de 10 de octubre de 2001, por la que se convoca el programa nacional de ayudas para la movilidad de Profesores de Universidad e Investigadores españoles y extranjeros.

Por Resolución de 10 de octubre de 2001, el Ministerio de Educación,

Cultura y Deporte, en el ejercicio de sus competencias en materia de formación de profesorado universitario, hizo pública la convocatoria de ayudas para facilitar la movilidad de los Profesores de Universidad y Escuelas Universitarias españoles, y de Profesores, Investigadores, Doctores y Tecnólogos extranjeros en España, en una actuación dirigida a todas las áreas del conocimiento.

Dicha convocatoria establecía para las diferentes modalidades para las que podían presentarse solicitudes, dos plazos anuales, uno en el mes de noviembre de 2001 y otro en el mes de abril de 2002. Para su aplicación en el segundo plazo señalado, se incorporan las modificaciones que recoge la presente Resolución.

En virtud de la colaboración docente que mantienen de forma regular con las universidades españolas, especialmente en los estudios de tercer Ciclo, se ha considerado oportuno ampliar los destinatarios de las ayudas de la Modalidad A, de forma que puedan participar en la convocatoria los investigadores del Consejo Superior de Investigaciones Científicas y de los Organismos Públicos de Investigación.

Igualmente y considerando las situaciones excepcionales que pueden presentarse en la ejecución de determinados proyectos, que requieran un plazo de estancia mayor que el máximo establecido en la anterior convocatoria, se posibilita que de forma excepcional el plazo de estancia en otro centro pueda alcanzar hasta un máximo de 24 meses.

Por otra parte y habiendo entrado en vigor la Ley Orgánica de 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades ('Boletín Oficial del Estado' del 24), procede igualmente hacerlas modificaciones oportunas en aquellos puntos de la resolución que hacían referencia a la ya derogada Ley 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria.

Estas incorporaciones vienen igualmente a dar respuesta a distintas peticiones de los organismos que por su específica función investigadora, son partícipes de la formación de Profesorado Universitario.

En la elaboración de la presente Resolución de modificación y en virtud de una simplificación normativa, para una mayor facilidad en la lectura ...

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